MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones GP Limitada

RUT 91801000-9 CVE 2715898
Capital
$4.910.989 CLP
Fecha instrumento
10 de octubre de 2025
Notaría
La Reina
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de octubre de 2025
Repertorio
57610-2025
Notario
PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$4.910.989 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de otorgamiento de estos estatutos. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que los Socios, de forma unánime, manifiesten su voluntad de poner término a la Sociedad, en la forma señalada en el artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad

Objeto social

a) La fabricación, litografiado y barnizado de todo tipo de envases y tapas corona, y la exportación de estos mismos artículos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, sean estos bienes raíces urbanos o agrícolas, ganaderos, forestales y demases, la construcción en ellos por cuenta propia o ajena, su explotación directa o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención de rentas derivadas de ellas; d) La compraventa e importación de toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y repuestos, así como la representación de firmas extranjeras que operen en este ramo; e) La realización de actividades de inversión, rentistas y comisionistas, pudiendo asociarse en participación, invertir en cooperativas y sociedades de carácter comercial, industrial y agrícola, participar en actividades industriales, comerciales, rentistas y otras similares; y f) En general, la realización de cualquier actividad análoga o conducente con los objetivos principales

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don Osvaldo Atilio Andrés Gaio Cuevas y don Brian Michael James Thornton Gaio, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, y demás actos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con y para la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el artículo Séptimo de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número 5841, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2025, repertorio N° 57.610-2025, don Osvaldo Atilio Andrés Gaio Cuevas, doña Rosanna María Gaio Cuevas, doña Iris de Lourdes Gaio Cuevas, don Brian Michael James Thornton Gaio, don Giorgio Stefano Gaio Solari, don Andrew Patrick Thornton Gaio, doña Alexandra Elizabeth Gray Gaio, doña Rosane Frances Gray Gaio y don John Martin Gray Gaio (los “Socios”), todos domiciliados para estos efectos en Limache 3241, oficina 1102, comuna y ciudad de Viña del Mar, Región de Valparaíso, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES GP LIMITADA (la “Sociedad”), acordaron refundir los estatutos de la Sociedad, de los cuáles extracto lo siguiente: Nombre: Inversiones GP Limitada. Objeto: a) La fabricación, litografiado y barnizado de todo tipo de envases y tapas corona, y la exportación de estos mismos artículos; b) La inversión en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, sean estos bienes raíces urbanos o agrícolas, ganaderos, forestales y demases, la construcción en ellos por cuenta propia o ajena, su explotación directa o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención de rentas derivadas de ellas; d) La compraventa e importación de toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y repuestos, así como la representación de firmas extranjeras que operen en este ramo; e) La realización de actividades de inversión, rentistas y comisionistas, pudiendo asociarse en participación, invertir en cooperativas y sociedades de carácter comercial, industrial y agrícola, participar en actividades industriales, comerciales, rentistas y otras similares; y f) En general, la realización de cualquier actividad análoga o conducente con los objetivos principales. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $4.910.989.-, que los Socios enteran y pagan de la siguiente forma y en las siguientes proporciones: i) don Osvaldo Atilio Andrés Gaio Cuevas aporta la cantidad de un $1.664.027.-, correspondientes a un 33,884% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; ii) doña Rosanna María Gaio Cuevas aporta la suma de $941.045.-, correspondientes a un 19,162% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; iii) doña Iris de Lourdes Gaio Cuevas aporta la cantidad de $243.303.-, correspondientes a un 4,954% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; iv) don Giorgio Stefano Gaio Solari aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; v) don Brian Michael James Thornton Gaio aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; vi) don Andrew Patrick Thornton Gaio aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; /vii) doña Alexandra Elizabeth Gray Gaio aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; viii) doña Rosane Frances Gray Gaio aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; y ix) don John Martin Gray Gaio aporta la cantidad de $343.769.-, correspondientes a un 7% de los derechos sociales aproximadamente, ya ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socio queda limitado al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don Osvaldo Atilio Andrés Gaio Cuevas y don Brian Michael James Thornton Gaio, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, y demás actos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con y para la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el artículo Séptimo de los estatutos sociales. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de otorgamiento de estos estatutos. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que los Socios, de forma unánime, manifiesten su voluntad de poner término a la Sociedad, en la forma señalada en el artículo Tercero de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización.- Santiago, 17 de octubre de 2025.