CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES INGESUB SpA

RUT 8362499-K CVE 2715487
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de octubre de 2025
Notaría
Pública Titular
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2025
Repertorio
494-2025
Comuna
Pública Titular

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Caldera, Región de Atacama
Duración
Indefinida

Objeto social

El

Administración

La administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre, corresponderá, en forma independiente, a don ROBERTO JACINTO CLAVERÍA VARGAS y a don LARRY JOSÉ LÓPEZ PARRAGUEZ, con todas y cada una de las facultades contenidas en el Artículo Décimo Cuarto de estos estatutos, sin limitaciones de ninguna especie

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ROBERTO JACINTO CLAVERÍA VARGAS socio 8362499-K
LARRY JOSÉ LÓPEZ PARRAGUEZ socio 13866919-K
FELIPE ANDRÉS URBINA ANDRADE socio 13992963-2
CRISTIAN ALEJANDRO MALLEGA MIRANDA socio 14115071-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Por escritura pública, de fecha 03 de Octubre de 2025, Repertorio Nº494-2025, otorgada en la Notaría de Caldera servida por doña CAROLINA MORENO JASHES, Abogado, Notaria Pública Titular, con domicilio en calle Edwards N° 450 de Caldera: don ROBERTO JACINTO CLAVERÍA VARGAS, C.N.I. N°8.362.499-K, domiciliado en calle El Roble 753, Caldera, don LARRY JOSÉ LÓPEZ PARRAGUEZ, C.N.I. N°13.866.919-K, domiciliado en Pasaje El Bollén 2975, Maipú, Santiago, don FELIPE ANDRÉS URBINA ANDRADE, C.N.I. N°13.992.963-2, domiciliado en Calle Seis 435, Concón, don CRISTIAN ALEJANDRO MALLEGA MIRANDA, C.N.I. N°14.115.071-5, domiciliado en Volcán Licancabur 1048, Caldera, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: INMOBILIARIA E INVERSIONES INGESUB SpA. Objeto. El objeto: a) efectuar toda clase de inversiones en el área mobiliaria e inmobiliaria; b) podrá invertir inversiones, bonos, debentures y todo tipo de valores inmobiliarios; c) invertir en mercado de capitales; d) participar en tipo de sociedades; e) adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, construir en ellos, enajenarlos o explotarlos directamente o a través de terceros; e) arrendarlos, administrarlos o percibir frutos, además; f) prestar asesorías profesionales y cualquier otra actividad de carácter rentable acordada por socios; g) la prestación de servicios gerenciales, de asesoría financiera, comercial, técnica y legal; h) promoción en toda clase de negocios, sean estos propios o ajenos, incluyendo las actividades de comisionista, corretaje e intermediación comercial, respecto de toda clase de productos y servicios. El Capital: $10.000.000.- dividido en mil acciones, todas nominativas, de una misma y única serie, sin privilegios y sin valor nominal, el que es suscrito y pagado por los accionistas, en este acto, en la siguiente forma: i) Don Roberto Jacinto Claveria Vargas con la suma de $6.723.000, que entera al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, equivalentes a 672 acciones; ii) Don Larry José López Parraguez con la suma de un $1.295.000, que entera al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, equivalentes a 130 acciones; iii) Don Felipe Andrés Urbina Andrade con la suma de un $1.295.000, que entera al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, equivalentes a 130 acciones; v) Don Cristian Alejandro Mallega Miranda con la suma de $687.000 pesos, que entera al contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social, equivalentes a 68 acciones. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Caldera, Región de Atacama, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en cualquier otro lugar del país y/o en el extranjero. Duración: Indefinida. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad, su representación judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre, corresponderá, en forma independiente, a don ROBERTO JACINTO CLAVERÍA VARGAS y a don LARRY JOSÉ LÓPEZ PARRAGUEZ, con todas y cada una de las facultades contenidas en el Artículo Décimo Cuarto de estos estatutos, sin limitaciones de ninguna especie. Demás estipulaciones en escritura extractada. Caldera, 17 de Octubre de 2025. Doy fe.