GASTRONÓMICA FRITOP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2025
- Repertorio
- 20073
- Notario
- ALEJANDRA ARAYA DÍAZ
- Domicilio
- titular RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
- Comuna
- Puente Alto
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 40043 del 24 de agosto de 2011
- do publicacion DO N° 40865 del 26 de mayo de 2014
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA ARAYA DÍAZ, Notario Público suplente del titular RAIMUNDO WOOD ESPINOZA, 6ta. Notaria de Puente Alto, Sergio Roubillard González 67, Puente Alto, certifica: Por escritura pública de 13 de Octubre de 2025, Repertorio N° 20073, ante mí, MARCO ANTONIO GAMBOA PÉREZ, Avenida Viña del Mar número 2248 departamento 32, Viña del Mar, MARELLA FRANCESCA ARATA ORTIZ, Los Artilleros 857, Maipú, y CRISTIAN ALEJANDRO GAMBOA ARATA, Concha y Toro 3970, Puente Alto, modificaron sociedad “GASTRONÓMICA FRITOP LIMITADA”, o “FRITOP LTDA.”, constituida el 11 de agosto del año 2011 ante notario de Santiago de don Raúl Iván Perry Pefaur, extracto inscrito fojas 47605, número 35.027, Registro de Comercio año 2011, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicado Diario Oficial 40.043 de 24 de agosto de 2011; modificada escritura pública de 6 de mayo de 2014 ante notario de Santiago Sergio Carmona Barrales, extracto inscrito fojas 33442, número 20867, Registro de Comercio año 2014, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicado Diario Oficial 40.865 de 26 de mayo de 2014. Modificación consiste: Se retira de la Sociedad MARCO ANTONIO GAMBOA PÉREZ, quien cede la totalidad de sus derechos sociales, que corresponden al 50% del haber social, a CRISTIAN ALEJANDRO GAMBOA ARATA, quien los adquiere para sí, en $8.000.000, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. Ingresa así como nuevo socio don CRISTIAN ALEJANDRO GAMBOA ARATA, 50% derechos sociales. Nuevos socios MARELLA FRANCESCA ARATA ORTIZ y CRISTIAN ALEJANDRO GAMBOA ARATA, ratifican las facultades de administración y uso de la razón social establecidas en el artículo noveno del pacto social, en el sentido de que la administración de la Sociedad y el uso de su razón social seguirá correspondiendo indistintamente a uno cualquiera de los socios. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el texto de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puente Alto, 13 de octubre de 2025.