CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PRESIDENTE RIESCO TRES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2025
- Repertorio
- 4469/2025
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la construcción y venta de edificios en la comuna de Las Condes, pudiendo especialmente, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad y el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número 332, Comuna de Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 07 de octubre de 2025, repertorio N° 4469/2025, ante mí, don LUIS FELIPE GILABERT PRIETO, chileno, casado, ingeniero civil, cédula de identidad número 8.865.220-7 y don FRANCISCO JOSÉ CERVANTES KALTWASSER, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número 12.058.830-3, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro El Plomo número 5.420, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad anónima cerrada (en adelante como la “Sociedad”), de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: i) Nombre: CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PRESIDENTE RIESCO TRES S.A. ii) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que estableciere en otros lugares del país o del extranjero. iii) Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. iv) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la construcción y venta de edificios en la comuna de Las Condes, pudiendo especialmente, enajenarlos, gravarlos, arrendarlos, administrarlos, explotarlos y percibir sus frutos, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la Sociedad y el desarrollo de su giro. v) Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 10.000.000 de pesos dividido en 100.000 acciones nominativas, iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y suscribirá, paga y pagará de la siguiente la forma: /uno/ Don Luis Felipe Gilabert Prieto, suscribe 2.000 acciones por un valor total de 200.000 pesos, suscritas y pagadas en el acto de constitución social; /dos/ Don Francisco José Cervantes Kaltwasser suscribe 500 acciones, por un valor total de 50.000 pesos, suscritas y pagadas en el acto de constitución social; y, /tres/ La parte del capital de la Sociedad, no suscrita ni pagada en el acto de constitución social, que corresponde a 97.500 acciones por un valor de 9.750.000 mil pesos, deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de la escritura de constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de octubre de 2025.