MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COMERCIALIZADORA RyA S.A.

RUT 76462805-5 CVE 2715750
Capital
$350.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de septiembre de 2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$350.000.000 CLP

Objeto social

Se incluye al objeto social, las actividades de exportación e importación de alimentos, insumos, suplementos, accesorios, medicinas, prendas de vestir y accesorios para animales. C) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. (i) Se reemplazó el Artículo Tercero del estatuto social en el sentido de señalar que la Sociedad tendrá por objeto (a) La venta, comercialización, exportación, importación y distribución de alimentos, insumos, suplementos, accesorios, medicinas, prendas de vestir y accesorios para animales y mascotas; (b) el ejercicio profesional de medicina veterinaria, instalación y mantención de clínicas o consultas veterinarias sea para atención ambulatoria o cirugía de todo tipo de animales y mascotas; y, (c) en general, llevar a cabo todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. (ii) Se modificó el Artículo Cuarto del estatuto social en el sentido de indicar que el capital de la Sociedad asciende a $1.325.236.142 dividido en 82.435 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Se modificó, asimismo, el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, dando cuenta de suscripción y pago total del capital, salvo respecto de 36.109 acciones suscritas, las que deberán ser pagadas en el plazo de 60 días a contar del 11 de septiembre de 2025. En todo lo no modificado, continúan vigentes las estipulaciones del estatuto de la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado y Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de septiembre de 2025, ante mí, se redujo a escritura pública, acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad COMERCIALIZADORA RyA S.A. (la “Sociedad”), inscrita a fojas 16.360 número 8.362 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, en virtud de la cual, se acordó por la unanimidad de sus accionistas, la modificación de la misma, en el siguiente sentido: A) AUMENTO DE CAPITAL. Se aumentó el capital social de $350.000.000, dividido en 21.771 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la cantidad de $1.325.236.142, dividido en 82.435 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. B) AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL. Se incluye al objeto social, las actividades de exportación e importación de alimentos, insumos, suplementos, accesorios, medicinas, prendas de vestir y accesorios para animales. C) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. (i) Se reemplazó el Artículo Tercero del estatuto social en el sentido de señalar que la Sociedad tendrá por objeto (a) La venta, comercialización, exportación, importación y distribución de alimentos, insumos, suplementos, accesorios, medicinas, prendas de vestir y accesorios para animales y mascotas; (b) el ejercicio profesional de medicina veterinaria, instalación y mantención de clínicas o consultas veterinarias sea para atención ambulatoria o cirugía de todo tipo de animales y mascotas; y, (c) en general, llevar a cabo todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. (ii) Se modificó el Artículo Cuarto del estatuto social en el sentido de indicar que el capital de la Sociedad asciende a $1.325.236.142 dividido en 82.435 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Se modificó, asimismo, el Artículo Primero Transitorio de los estatutos, dando cuenta de suscripción y pago total del capital, salvo respecto de 36.109 acciones suscritas, las que deberán ser pagadas en el plazo de 60 días a contar del 11 de septiembre de 2025. En todo lo no modificado, continúan vigentes las estipulaciones del estatuto de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de octubre de 2025.