ASESORÍAS TOP MIND LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2025
- Notario
- SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura de fecha 02 de octubre de 2025, Rep. N° 29139-25, ante don Raúl Castillo Fernández, Notario Público Suplente de este oficio, doña CECILIA ELENA GARCÍA VALENZUELA, domiciliada en Las Torcazas N° 199, departamento 121, Las Condes; don GONZALO ANDRÉS CASTRO GARCÍA, domiciliado en Las Urbinas N° 145, Providencia, y doña MARÍA CECILIA CASTRO GARCÍA, domiciliada en Los Abetos N° 1661, Vitacura: (UNO) CESIÓN DE DERECHOS: Doña Cecilia Elena García Valenzuela y don Gonzalo Andrés Castro García, actuando como únicos y actuales socios de la Sociedad ASESORÍAS TOP MIND LIMITADA, constituida por escritura pública con fecha 09 de julio del año 2013, Notaría de Santiago de Nancy de la Fuente Hernandez e inscrita a fojas 53.843, N° 35.845, correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2013, dieron cuenta de la cesión de derechos que don Gonzalo Andrés Castro García transfirió por la suma 100.000.- pesos el 10% de los derechos sociales en la sociedad en favor de doña María Cecilia Castro García. (DOS) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: Como consecuencia de lo anterior, los socios de la sociedad Asesorías Top Mind Limitada, acuerdan modificar el artículo sexto de los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: “SEXTO: El capital social es la cantidad de 1.000.000.- de pesos, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente manera: /a/ Cecilia Elena García Valenzuela, la suma de 900.000.- pesos, correspondientes a un 90% del capital social; y /b/ doña María Cecilia Castro García, la suma de 100.000.- pesos, correspondientes a un 10% del capital social. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 13 de octubre de 2025.