SOCIEDAD INMOBILIARIA GF LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2025
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, ante mí, PAOLA AGNELLO VICENTINI, domiciliada en calle Vía Regina N°6.709, comuna de La Reina, y CARLA ANDREA PASSADORE MARCHANT, domiciliada en calle Camino del Chin, N°3.701, comuna de Lo Barnechea, modificaron la sociedad “SOCIEDAD INMOBILIARIA GF LIMITADA”, inscrita a fojas 305 N°210 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó correspondiente al año 2010, de la siguiente forma: Modificar el objeto de la sociedad para incluir el servicio de transporte de pasajeros y otros servicios afines. Consecuentemente, modifican la cláusula segunda de los estatutos sociales la que es reemplazada íntegramente por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia o ajena inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; acciones, bonos y debentures; formar sociedades de cualquier clase o participar en cualquier forma o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas; y en general toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; administrar estas inversiones y percibir sus frutos. Dentro de su objeto podrá adquirir y enajenar a cualquier título bienes rurales y urbanos, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, y construir en ellos, por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones; explotar bienes raíces directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, subarrendar, dar, ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; podrá actuar como agente, representante y distribuidor de empresas comerciales o industriales; aportar, reunir o suscribir el capital necesario para promover o desarrollar empresas o negocios; el transporte terrestre de pasajeros en todas sus modalidades, incluyendo transporte urbano, interurbano, regional, nacional e internacional, mediante la prestación de servicios regulares, especiales, turísticos y de excursión; compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización y arriendo de vehículos de transporte, maquinarias, equipos, herramientas, repuestos, accesorios, combustibles y demás elementos relacionados con el transporte de pasajeros y actividades conexas. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que las leyes permitan y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto descrito, pudiendo asociarse con terceros, constituir sociedades filiales o participar en otras sociedades con objeto similar o complementario.” Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 01 de octubre de 2025. Patricia Valentina Manríquez Huerta. Notario Público Titular.