CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Fesa Limitada

RUT 13945622-K CVE 2715120
Fecha instrumento
15 de octubre de 2025
Notaría
Rancagua

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2025
Repertorio
3506-2025
Notario
MIGUEL CHACÓN ZEBALLOS
Oficio
Tercera Notaria de Rancagua
Comuna
Rancagua

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MIGUEL CHACÓN ZEBALLOS, Notario Público Interino de la Tercera Notaria de Rancagua, Domiciliado en calle Campos número 377, Rancagua, Certifico: Que por escritura pública de fecha 15 de Octubre del año 2025, Repertorio N° 3506-2025, ante mí: don FELIPE JONATHAN SANTANA SERRANO, cédula de identidad 13.945.622-K, domiciliado en Camino a Doñihue número 150, comuna de Rancagua; y doña PAMELA DEL CARMEN GONZÁLEZ VARGAS, cédula de identidad 14.536.524-4, domiciliada en Camino a Doñihue número 150, comuna de Rancagua; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: Sociedad de Inversiones Fesa Limitada. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio don Felipe Jonathan Santana Serrano. Domicilio sociedad: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales que puedan instalarse en otras localidades del país o del extranjero. Objeto sociedad: El giro u objeto de la sociedad son las inversiones en bienes raíces, bienes muebles, vehículos, instrumentos financieros, valores mobiliarios; la comercialización, compraventa, arriendo, distribución, importación y exportación por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles e inmuebles; el desarrollo de proyectos de ingeniería, mantención industrial; la prestación de todo tipo de servicios profesionales; y toda otra actividad que los socios acuerden. Capital social: El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, que se aportan de la siguiente forma: A) don Felipe Jonathan Santana Serrano aporta en este acto la suma de quince millones de pesos al contado, los que ingresan a la caja social; y B) doña Pamela del Carmen González Vargas aporta en este acto la suma de quince millones de pesos al contado, los que ingresan a la caja social. De este modo el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Responsabilidad socios: limitada monto de sus respectivos aportes. Plazo sociedad: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y expirará el treinta y uno de diciembre del año dos mil cuarenta. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 10 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio respectivo, todo con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy fe.- Rancagua, 16 de octubre del 2025.