DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

RENTOKEA SpA

RUT 77389188-5 CVE 2715163
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2025
Notario
MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAÍN
Oficio
5ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley 18.046.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAÍN, abogado, Notario Público Interino 5ª Notaría Santiago, Avenida El Golf N° 99, oficina 101 B, Las Condes, Santiago, certifico que con fecha 15 de septiembre de 2025, se redujo a escritura pública ante mí, acta tercera junta extraordinaria accionistas de RENTOKEA SpA, celebrada ante mí con fecha 8 de septiembre de 2025, en la que su accionista acordó: (I) La fusión por incorporación de Rentokea SpA (“Rentokea”) en Penta AMH Servicios Financieros S.A. (“Penta AMH”), siendo Rentokea la sociedad fusionada o absorbida y Penta AMH la sociedad fusionante o absorbente (“Fusión”). (II) Aprobar que la Fusión se materialice sin aumento de capital, toda vez que Penta AMH es la única accionista de la sociedad fusionada, y en esa calidad y en virtud de la Fusión pasará a ser titular directa de todos los activos, pasivos y cuentas patrimoniales de que era dueña Rentokea, sociedad que se disuelve. Como consecuencia de la Fusión, Penta AMH como entidad sobreviviente, adquiere todos los activos y pasivos de Rentokea conforme a su estado de situación al 31 de agosto de 2025, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley 18.046. (III) Aprobar que siendo Penta AMH la única accionista de la sociedad fusionada se incorporará a ésta en bloque, la totalidad de los bienes y derechos que Rentokea posee, a cualquier título. (IV) Concordante con los acuerdos anteriores, aprobar que las cuentas de patrimonio de Rentokea serán reconocidas en el patrimonio de la sociedad absorbente. (V) Aprobar que la Fusión tendrá efecto y vigencia contable y financiera a contar del 1 de septiembre de 2025. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de octubre 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.