CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES SANTINA SpA

CVE 2715178
Fecha instrumento
9 de octubre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2025
Repertorio
8130-25
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

la Sociedad. La administración de la sociedad será ejercida por una o más personas naturales o jurídicas que ostentará la calidad de administrador, quien podrá conferir mandatos generales o especiales a una o más personas con las facultades y atribuciones que determine, pudiendo designar gerente general y gerentes para áreas determinadas. Es designado administrador de la sociedad don Juan David Fernández Fernández, con amplias facultades, según escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público, Titular de la 21º Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de octubre 2025, repertorio Nº 8.130-25, ante mi Suplente don Oscar Eduardo Celis Diaz, compareció don JUAN DAVID FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, español, médico veterinario, divorciado, cédula de identidad para extranjeros número seis millones ochocientos sesenta y cuatro mil quinientos cincuenta y cuatro guion nueve, domiciliado en Camino San Francisco de Asís número dos mil cuatrocientos, departamento cuatrocientos cuarenta y dos, comuna de Las Condes, el compareciente mayor de edad quien acredita sus identidad con la cédula respectiva y expon e: El compareciente, constituye una sociedad por acciones. Razón social: INVERSIONES SANTINA SpA. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos,y otras instituciones con el nombre de fantasía ‘’SANTINA SpA’’. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder desarrollar su objeto en otros lugares del país o del extranjero, para lo cual podrá establecer las agencias, sucursales o representaciones que requiera. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) toda clase de capitales, bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales tales como acciones promesas de acciones bonos o debentures planes de ahorro cuotas o derechos en todo tipo de s ociedades civiles o comerciales comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios la adquisición y enajenación de efectos de comercio por si o por cuenta de terceros la formación y participación en sociedades comunidades y asociaciones cualquiera sea su naturaleza o giro y en general toda actividad relacionada con el rubro de inversiones; b) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento corretaje administración u otra forma de explotación de bienes raíces urbanos o agrícolas; c) En el cumplimiento de su objeto, la compañía podrá asumir otras negociaciones o actividades correlativas, derivados o vinculados con lo que constituye su objeto, y celebrar todos los actos y contratos permitidos por la ley y que le facili ten desarrollar su objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de mil cuatrocientos sesenta y cuatro millones trescientos setenta mil pesos, dividido en nueve mil acciones de una misma y única serie, nominativas, de igual valor pero sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Administración: la Sociedad. La administración de la sociedad será ejercida por una o más personas naturales o jurídicas que ostentará la calidad de administrador, quien podrá conferir mandatos generales o especiales a una o más personas con las facultades y atribuciones que determine, pudiendo designar gerente general y gerentes para áreas determinadas. Es designado administrador de la sociedad don Juan David Fernández Fernández, con amplias facultades, según escritura. Demás estipulacione s constan en escritura extracta. Se faculto al portador de este extracto para su legalización.