Hook Chile S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2025
- Repertorio
- 17181-2025
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.010.090.802 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Hook Chile S.A | socio | 96953340-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio para estos efectos en Calle Huérfanos 941, local 302, certifico: Que por escritura pública otorgada ante mi suplente, don Juan Cristóbal Berríos Castro con fecha 28 de agosto de 2025, repertorio N° 17.181-2025, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 28 de agosto de 2025, de Hook Chile S.A., Rol Único Tributario N° 96.953.340-5, inscrita a fojas 10642, número 8559 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2001 (en adelante la “Sociedad”), en la que compareció la totalidad de los accionistas, titulares en conjunto del 100% de las acciones de la Sociedad según registro de accionistas que se tuvo a la vista con fecha 28 de agosto de 2025, los cuales son: i) Emergent Cold Chile Tres SpA, y ii) Emergent Cold Chile Holdings SpA, acordaron: i) aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de $2.010.090.802, que se pagaron mediante la emisión de 2.752 acciones de pago, modificando y reemplazando los artículos cuarto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “Artículo Cuarto: El capital de la Sociedad es la cantidad de $14.585.626.329, dividido en 19.970 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, y sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la cantidad de $14.585.626.329, dividido en 19.970 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: (i) con la cantidad de $12.575.535.527, dividido en 17.218 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 28 de agosto de 2025, y (ii) con la cantidad de $2.010.090.802, correspondiente a la emisión de 2.752 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal según fuere acordado en junta extraordinaria de accionistas de fecha 28 de agosto de 2025, las cuales fueron suscritas y pagas al precio de $730.410,901890 cada una.” ii) Modificar el objeto de la Sociedad, modificando y reemplazando su artículo tercero por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será: a) La extracción, pesca o casa de seres u organismos que tengan en el agua su medio normal de vida, congelación, elaboración y transformación de esos seres u organismos; la explotación de la industria pesquera en general y sus derivados, la elaboración de harina y aceite de pescado y sus derivados; la frigorización de sus productos, el cultivo y/o explotación de toda clase de algas, acuicultura, cultivos en general, la fabricación de conservas y otros productos de consumo humano, animal, o de aplicación industrial, cuya materia prima sea extraída de océanos, lagos costas y ríos, la construcción y reparación de embarcaciones para pesca industrial y comercial; la explotación, industrialización, compra, venta, comercialización, importación, exportación, y aprovechamiento de toda clase de productos, subproductos y derivados de la riqueza marina, lacustre o fluvial; construcción; y b ) El almacenamiento, conservación, refrigeración, congelación, manipulación y custodia de productos secos, alimentos frescos y alimentos congelados, incluyendo la instalación, operación, arrendamiento y administración de depósitos, bodegas, cámaras frigoríficas, túneles de congelación o cualquier otra infraestructura necesaria para dichos fines; así como la prestación de servicios complementarios vinculados a la logística, distribución, transporte, acondicionamiento y comercialización de los mismos; y, en general, el desarrollo de toda otra actividad conexa, afín o complementaria que permita el mejor cumplimiento de los fines sociales. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de contratos, e incluso constituir otras sociedades o incorporarse a ellas.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. El portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 10 de octubre de 2025.