El Hualle SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2025
- Repertorio
- 10915
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $41.259.654.415 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: que con fecha 16 de septiembre de 2025, Repertorio 10.915, ante mi Notario Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad El Hualle SpA (la “Sociedad”), celebrada ante mi Notario Suplente, doña Karina Alejandra Flores Muñoz, con esa misma fecha, en la que se acordó: i) Dividir la Sociedad en seis sociedades por acciones, manteniendo El Hualle SpA su denominación, tipo social, personalidad jurídica y siendo la continuadora legal; y denominándose las cinco nuevas sociedades “El Hualle II SpA”, “El Hualle III SpA”, “El Hualle IV SpA”, “El Hualle V SpA” y “El Hualle VI SpA”; ii) Disminuir el capital de la Sociedad como consecuencia de la división acordada, en la cantidad de $41.259.654.415, esto es, desde la cantidad de $41.279.422.186, dividido en 41.279.422 acciones ordinarias y sin valor nominal, a la cantidad de $19.767.771, dividido en igual número de acciones de las mismas características, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. El total de dicha disminución de capital es asignada al capital de las nuevas sociedades que se constituyen producto de la división. En consecuencia, en virtud de los acuerdos descritos precedentemente, el único y actual accionista de la Sociedad acordó modificar los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad en tal sentido; y iii) Aprobar los estatutos de las sociedades “El Hualle II SpA”, “El Hualle III SpA”, “El Hualle IV SpA”, “El Hualle V SpA” y “El Hualle VI SpA”, que nacen producto de la división de la Sociedad, los que se extractan por separado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de este extracto para su legalización. Santiago, 8 de octubre de 2025.-