MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA GESCOR LIMITADA

RUT 76785868-K CVE 2714769
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2025
Notario
FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, Providencia, Región Metropolitana, certifica que por escritura de hoy, ante mí, don JUAN ANDRÉS MUÑOZ PEREZ, C.I. N° 18.245.445-1, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 3.840, oficina 513, comuna de San Miguel, de paso en esta, doña GLADYS DEL CARMEN PEREZ ARELLANO, C.I. N° 10.924.996-3 domiciliada en pasaje Discovery N° 2733, comuna de Maipú; y doña ERIKA FERNANDA BAHAMON PERDOMO, C.I.E. N° 25.875.286-4, domiciliada Parroquia Nuestra Señora del Carmen Norte 527, comuna de Peñaflor, de paso en esta, MODIFICARON “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA GESCOR LIMITADA”, Rut 76.785.868-K, constituida con fecha 5 de noviembre 2015, otorgada en este oficio ante don Francisco Rubén Rojas Arriagada, notario suplente del titular, cuyo extracto se inscribió a fojas 84.499, N° 49.362 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2015. Posteriormente modificada con fecha 13 de julio 2020, otorgada en este oficio ante don R. Alfredo Martin Illanes, cuyo extracto se inscribió a fojas 41.740 N° 20.417 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2020, ASÍ: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES.- doña Gladys Del Carmen Pérez Arellano, vende, cede y transfiere, a doña ERIKA FERNANDA BAHAMON PERDOMO, quien compra, acepta y adquiere para si, la totalidad de los derechos sociales que doña Gladys Del Carmen Pérez Arellano posee en “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA GESCOR LIMITADA”, en la suma de $100.000, que la cesionaria, paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, recibidos a total y entera conformidad por la cedente. Consecuencia de la cesión de derechos precedente, se retira de la sociedad, como socia doña Gladys Del Carmen Pérez Arellano, quedando como únicos y actuales socios con los siguientes porcentajes: a) don Juan Andrés Muñoz Pérez con el 99% de los derechos sociales; y b) doña Erika Fernanda Bahamon Perdomo con el 1% de los derechos sociales. Sustitúyase clausula tercera del pacto social por la siguiente clausula: Tercero: El objeto de la sociedad será: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier naturaleza, constituidas o por constituirse y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; la subdivisión, loteo y urbanización de toda clase de predios para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales y; en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas; b) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la sociedad, con voz y voto, en todas ellas y; concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forma parte; c) La prestación de servicios de asesorías a empresas y personas, nacionales o extranjeras, en gestiones y desarrollo en las áreas operativas, de producción y análisis de procesos industriales, de administración, informática y de sistemas en general; gestión comercial, financiera e inversiones, recursos humanos, construcción e inmobiliaria; d) la explotación, por cuenta propia o ajena de toda clase de establecimientos de comercio y/o locales comerciales; e) El transporte terrestre, marítimo y aéreo de personas y de mercaderías de toda clase de bienes muebles, dentro del territorio nacional y extranjero o, desde o hacia uno y otro, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; f) el embalaje y almacenaje de los mismos; g) la representación de empresas extranjeras o nacionales de transportes o embalaje; h) la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, accesorios, lubricantes, aceites, combustibles, motores y demás; i) todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, j) Instalación y Servicio técnico de equipos de aire acondicionado, refrigeración, climatización, compra y venta de artículos y equipos afines para la mantención e instalación. k) La instalación y configuración de cámaras de video vigilancia, instalaciones eléctricas y montaje de equipos eléctricos. l) instalación, mantención de sistemas de alarmas y verificación de activación de las mismas, importación de elementos de seguridad, tales como alarmas electrónicas, repuestos y accesorios. m) servicios de instalación y mantención eléctrica en baja tensión; n) Importación, exportación, comercialización y compra venta, de toda clase de artículos electrónicos, tecnológicos, cámaras de seguridad, artículos de seguridad para el hogar y empresas; y accesorios e insumos en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle; ñ) la consignación, comisión y representación de artículos electrónicos y sus componentes, sus accesorios y en todo tipo de material, pudiendo recibir u otorgar franquicias y registrar marcas a nombre de la sociedad; y o) estará facultada sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social y todo lo relacionado con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- En lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente el pacto social original.- Demás estipulaciones, en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2025.