DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial Luethe & Tapia Limitada

RUT 77125385-7 CVE 2714495
Fecha instrumento
16 de enero de 2020
Notaría
Rengo

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2020
Notario
PAULINA VALENZUELA VALDES
Oficio
Segunda Notaría de Rengo
Comuna
Rengo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA VALENZUELA VALDES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Rengo, con oficio en Avenida José Bisquertt N°75-d, primer piso, CERTIFICO: Por escritura hoy, ante mí, doña LYDIA MARIE LUETHE TAPIA, técnico en párvulos, domiciliada en la comuna de Malloa, Parcela veinticinco, de San Luis de Pelequén, disolución y liquidación de la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL LUETHE & TAPIA LIMITADA”, nombre de fantasía “L & T Ltda.”, RUT 77.125.385-7. Constituida con fecha 16 de enero 2020, ante Notario de Rengo Gonzalo Brión Vargas, suplente del titular Edmundo Antonio Figueroa Álvarez, cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y tres, número doce en el Registro de Comercio del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, publicado Diario Oficial N° 42.000 con fecha 22 enero 2020. Que al fallecimiento de la socia Verónica del Carmen Tapia Aguilera y ante el repudio de la herencia manifestado por don Ronald Luethe, doña Lydia Luethe Tapia pasó a ser la única socia de la Sociedad Comercial Luethe & Tapia Limitada, y en conformidad a lo señalado en el artículo dos mil ciento siete del Código Civil y al artículo cuatrocientos siete del Código de Comercio, procede a disolver y poner término a la sociedad individualizada precedentemente. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo dos mil ciento quince del Código Civil y artículos cuatrocientos ocho y cuatrocientos dieciocho del Código de Comercio, y demás normas pertinentes, procede a liquidar la Sociedad Comercial Luethe & Tapia Limitada. Que conforme al balance al veintinueve de abril de dos mil veinticuatro, el total del patrimonio de la sociedad asciende a la cantidad de diez millones de pesos, los que se adjudican a doña Lydia Luethe por ser la única socia. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rengo, 3 de octubre de dos mil veinticinco.