Jose Miguel Cruz y Asociados Limitada
Instrumento
- Repertorio
- 8579-2025
- Notario
- JOSE IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN
- Oficio
- 27ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE IGNACIO LAVADOS IRIGOYEN, abogado, Notario Público suplente de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha diez de septiembre de 2025, repertorio 8579-2025, ante la Notario titular doña Maria Patricia Donoso Gomien; JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ, quien comparece por si y en representación de ANTONIO MIGUEL CRUZ PEREZ, y de NICOLAS CRUZ PEREZ, domiciliados en calle Manizales 1969, Vitacura, Santiago; DIEGO JOSE CRUZ PEREZ, domiciliado en Antonio Varas 106, Depto. 409, Providencia, Santiago; MATIAS CRUZ PEREZ, domiciliado en Manizales 1969, Vitacura, Santiago; y BENJAMIN CRUZ PEREZ, con domicilio en Manizales 1969, Vitacura, Santiago, modificaron mediante cesión de derechos la sociedad de responsabilidad limitada “JOSE MIGUEL CRUZ Y ASOCIADOS LIMITADA” , cuyo extracto de constitución social rola inscrita a fojas 72.120 número 50.105 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, conforme extracto: NICOLAS CRUZ PEREZ titular del 14% de los derechos sobre el capital y patrimonio social de la compañía, vende, cede y transfiere el 30% de los derechos de su titularidad, equivalentes al 4,2% del capital y patrimonio social de la compañía a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el 30% de sus derechos sociales, equivalentes al 4,2% del total de los derechos y participación en el Capital social y Patrimonio de la Compañía; DIEGO JOSE CRUZ PEREZ titular del 14% de los derechos sobre el capital y patrimonio social de la compañía, vende, cede y transfiere el 30% de los derechos de su titularidad, equivalentes al 4,2% del capital y patrimonio social de la compañía a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el 30% de sus derechos sociales, equivalentes al 4,2% del total de los derechos y participación en el Capital social y Patrimonio de la Compañía; ANTONIO MIGUEL CRUZ PEREZ vende, cede y transfiere el 2% de los derechos de su titularidad, equivalentes al 0.2% del capital y patrimonio social de la compañía a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el 2% de sus derechos sociales, equivalentes al 0,2% del total de los derechos y participación en el Capital social y Patrimonio de la Compañía; MATIAS CRUZ PEREZ titular del 10% de los derechos sobre el capital y patrimonio social de la compañía, vende, cede y transfiere el 2% de los derechos de su titularidad, equivalentes al 0,2% del capital y patrimonio social de la compañía a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el 2% de sus derechos sociales, equivalentes al 0,2% del total de los derechos y participación en el Capital social y Patrimonio de la Compañía; BENJAMIN CRUZ PEREZ titular del 10% de los derechos sobre el capital y patrimonio social de la compañía, vende, cede y transfiere el 2% de los derechos de su titularidad, equivalentes al 0,2% del capital y patrimonio social de la compañía a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ quien compra, acepta y adquiere para sí, el 2% de sus derechos sociales, equivalentes al 0,2% del total de los derechos y participación en el Capital social y Patrimonio de la Compañía; Atendidas las cesiones de derechos sociales efectuadas, quedan como únicos socios de la Compañía: JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ con el 51% de los derechos sociales; NICOLAS CRUZ PEREZ con el 9,8% de los derechos sociales; DIEGO JOSE CRUZ PEREZ con el 9,8% de los derechos sociales; ANTONIO MIGUEL CRUZ PEREZ con el 9,8% de los derechos sociales; MATIAS CRUZ PEREZ con el 9,8% de los derechos sociales; BENJAMIN CRUZ PEREZ con el 9,8% de los derechos sociales.. la Administración, representación y uso de la razón social corresponde exclusivamente a don JOSE MIGUEL CRUZ GONZALEZ con amplias facultades de administración y disposición. En todo lo no modificado mantienen plena vigencia los estatutos del pacto social y modificaciones. Santiago, 14 de octubre de 2025.