Inversiones La Estocada Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2025
- Repertorio
- 443-2025
- Notario
- GISELE MAGDALENA HENRÍQUEZ VALLEJOS
- Oficio
- Segunda Notaría de Los Lagos
- Comuna
- Los Lagos
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será calle Los Canelos número seiscientos cuarenta, comuna de Futrono
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad serán inversiones en capitales mobiliarios e inmobiliarios, y en cualquier otro tipo de bienes; el arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles e inmuebles; y actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados
Administración
La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a doña ROSMERY JOSELYN REYES AGUILAR, con las limitaciones que se señalan en los estatutos sociales, en la forma indicada, y anteponiendo a su firma la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGISELE MAGDALENA HENRÍQUEZ VALLEJOS, Abogada, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Los Lagos, con asiento en Futrono, domiciliada en Los Carreras de la misma comuna, certifico: que, por escritura pública de fecha 09 de octubre de 2025, repertorio N° 443-2025, ante mí, comparecieron doña ROSMERY JOSELYN REYES AGUILAR, chilena, cédula de identidad nro. 15.961.145-0, empresaria, y don NICOLÁS BENJAMÍN SAAVEDRA REYES, chileno, cédula de identidad Nro. 20.966.514-K, trabajador independiente, ambos domiciliados en calle Los Canelos número seiscientos cuarenta, comuna de Futrono. Constituyeron sociedad de Responsabilidad limitada que se regirá por la Ley 3.918, disposiciones del Código Civil y Código de Comercio, que operaran en forma supletoria, en todo lo que no se hubiere estipulado en el estatuto, cuyas principales menciones son: Razón Social: “INVERSIONES LA ESTOCADA LIMITADA”, que también podrá actuar bajo el nombre de fantasía “LA ESTOCADA LTDA”. Objeto: El objeto de la sociedad serán inversiones en capitales mobiliarios e inmobiliarios, y en cualquier otro tipo de bienes; el arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles e inmuebles; y actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados. Capital: El capital inicial de la sociedad será la suma de dieciséis millones de pesos que los socios enteraron y pagaron en efectivo con anterioridad a este acto, suma que ingresó a la caja social en la siguiente forma y proporción: ROSMERY JOSELYN REYES AGUILAR aporta la suma de catorce millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al noventa por ciento del capital social; y don NICOLÁS BENJAMÍN SAAVEDRA REYES aporta la suma de un millón seiscientos mil pesos, equivalente al diez por ciento del capital social. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a doña ROSMERY JOSELYN REYES AGUILAR, con las limitaciones que se señalan en los estatutos sociales, en la forma indicada, y anteponiendo a su firma la razón social. Duración: La Sociedad comenzará a regir con la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será calle Los Canelos número seiscientos cuarenta, comuna de Futrono, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se instalen en el país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Futrono, a 16 de octubre de 2025.