MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA

RUT 79917300-K CVE 2714501
Capital
$1.005.414 CLP
Fecha instrumento
16 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
16 de septiembre de 2025
Repertorio
6254-2025
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.005.414 CLP
Ley aplicable
Ley 3.918

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Notario Titular 26ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo 3196, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2025, Repertorio Nº 6254-2025, ante mí, ARTURO GARRI HAMMERSLEY, ingeniero civil; ANDREA VERONICA SAN MARTIN GAMBOA, inversionista; CATALINA ANDREA GARRI SAN MARTÍN, pedagoga; ROSARIO ALEJANDRA GARRI SAN MARTÍN, diseñadora gráfica; y, MATIAS ARTURO GARRI SAN MARTÍN, factor de comercio, todos domiciliados en Cirujano Guzmán 113, Providencia, Santiago, convinieron en: Dividir "INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA", inscrita originalmente a fojas 30.139 N° 15.229 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1988, en dos nuevas sociedades, la primera como una sociedad comercial de responsabilidad limitada de conformidad con las disposiciones de Ley 3.918, de 14 de Marzo 1923 y sus modificaciones posteriores, y que conservará razón social original de "INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA", y la segunda, que se acuerda simultáneamente en el acto, transformar en una sociedad por acciones, bajo nombre o razón social de "BODEGAS TECNIA SpA", la que se regirá por las disposiciones del párrafo octavo del título séptimo del libro segundo del Código de Comercio, y supletoriamente, por la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, y cuyo patrimonio quedará constituido con parte de los activos y pasivos de INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA, de acuerdo al Balance de División al 30 de junio de 2025, en el cual se estableció la distribución patrimonial correspondiente, fijando los porcentajes de participación y la forma de asignar dichos activos y pasivos y su valorización, conviniéndose que la división propuesta se efectuaría considerando el patrimonio total de esta última compañía a la fecha del Balance de División, conservando "INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA" el 65% de dicho patrimonio total, y asignándose la diferencia de un 35% a "BODEGAS TECNIA SpA", del modo establecido en escritura extractada. Por efectos de la división, se disminuyó capital social de "INMOBILIARIA E INVERSIONES MACARO LIMITADA" en $1.005.414, quedando en $1.867.196, indicado en el Balance de División mencionado, modificándose el Artículo Quinto de los estatutos sociales, el que se reemplaza por el siguiente nuevo: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la cantidad de $1.867.196, que los socios han pagado íntegramente a la caja social con anterioridad a esta fecha, del modo siguiente: a) Don Arturo Carlos Garri Hammersley suscribe la cantidad de $466.799, esto es, aproximadamente el veinticinco por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que ha enterado en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha; b) Doña Andrea Verónica San Martín Gamboa suscribe la cantidad de $466.799, esto es, aproximadamente el veinticinco por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que ha enterado en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha; c) Doña Catalina Andrea Garrí San Martín, suscribe la cantidad de $311.262, esto es, aproximadamente el dieciséis coma sesenta y siete por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que ha enterado en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha; d) Doña Rosario Alejandra Garrí San Martín, suscribe la cantidad de $311.262, esto es, aproximadamente el dieciséis coma sesenta y siete por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que ha enterado en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha; y, e) Don Matías Arturo Garrí San Martín, suscribe la cantidad de $311.074, esto es, aproximadamente el dieciséis coma sesenta y seis por ciento restante del capital social y propiedad de la presente compañía, que ha enterado en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha. De esta manera el capital social ha quedado íntegramente suscrito y pagado”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 06 de octubre de 2025.- Humberto Quezada Moreno, Notario Público.- HQM.