MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GARCÍA-REYES LIMITADA

RUT 86703400-5 CVE 2714612
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
25 de julio de 2025

Instrumento

Fecha
25 de julio de 2025
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponde a ambos socios, quienes podrán ejercerla con amplias facultades, separada e indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don Jorge Antonio Garcia-Reyes Pinochet, domiciliado en Shimon Peres 51, departamento 1210, comuna de Lo Barnechea, Santiago, don Eduardo Garcia-Reyes Pinochet, domiciliado en Av. Presidente Riesco 5.275, departamento 114, comuna de Las Condes, y doña María Isabel García-Reyes Lavín, domiciliada en Augusto Villanueva 20, departamento 403, comuna de Ñuñoa, Santiago, modificaron sociedad “GARCÍA-REYES LIMITADA” (la “Sociedad”), inscrita a fojas 13.317, N° 6.567 del Registro de Comercio de Santiago de 1980. Modificación consiste en el retiro total del socio Jorge Antonio Garcia-Reyes Pinochet, dueño del 50% del interés social, quien vende, cede y transfiere el total de su participación a doña María Isabel García-Reyes Lavin, la que ingresa como nueva socia de la Sociedad. Producto de lo anterior, se sustituyeron los artículos 4° y 5° de los estatutos de las Sociedad que extracto: ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponde a ambos socios, quienes podrán ejercerla con amplias facultades, separada e indistintamente. CAPITAL: $5.000.000: (a) Eduardo Garcia-Reyes Pinochet, $2.500.000, equivalente aproximadamente al 50% del interés social; y (b) María Isabel García-Reyes Lavin, $2.500.000, equivalente al 50% del interés social. Aportes íntegramente pagados. En lo no modificado, subsiste el pacto social de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2025.