Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2025
- Notario
- LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR
- Oficio
- 1ª Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la comercialización, distribución, importación, exportación, producción y elaboración, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de productos alimenticios ya sean congelados, secos, refrigerados o en cualquier otra presentación, sin limitaciones, y la realización de cualquier acto de comercio, contrato o negocio relacionado directa o indirectamente con dicho
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRÍGUEZ BURR, abogado, Notario Público, Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1.777, certifico: Que por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2025, ante mí, doña XIMENA RUIZ CUERVO, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (UNO) Nombre: El nombre de la sociedad por acciones será “DISTRIIMPORT CHILE SpA”.- (DOS) Accionista: doña XIMENA RUIZ CUERVO.- (TRES) Objeto: El objeto de la Sociedad será la comercialización, distribución, importación, exportación, producción y elaboración, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de productos alimenticios ya sean congelados, secos, refrigerados o en cualquier otra presentación, sin limitaciones, y la realización de cualquier acto de comercio, contrato o negocio relacionado directa o indirectamente con dicho objeto. Asimismo, la importación, exportación, comercialización y distribución de insumos, utensilios, envases, maquinarias, equipos y demás bienes relacionados con la industria de la alimentación y gastronómica y sus servicios conexos.- (CUATRO) Capital: El capital de la sociedad es de $100.000.000 de pesos, dividido en MIL ACCIONES ordinarias nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y se suscribe y paga de la siguiente manera: doña XIMENA RUIZ CUERVO suscribe mil acciones por la cantidad de $100.000.000 de pesos, las que se pagan de la siguiente manera: a) quinientos mil pesos que se pagan en este acto, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la sociedad; y b) la cantidad de noventa y nueve millones quinientos mil pesos, los que serán pagados en dinero efectivo, dentro del plazo de un año desde la fecha de la escritura.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de octubre de 2025.