VICTORIA MARTINA ESCUDERO E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2005
- Notario
- JULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA
- Oficio
- 2ª Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Diez años renovables tácita y sucesivamente mismo período.” De esta manera, la constituyente manifiesta su voluntad de que la empresa continúe en los mismos términos y con las mismas formalidades que hubo para la constitución primitiva, y ratifica todo lo obrado y lo señalado en la escritura constitutiva de fecha 21-10-2005, en la 3ra Notaría de Antofagasta, por Notario Público Suplente ITALO MARCELO ACUÑA FUENTEALBA, inscrito a fojas 1087, bajo el número 790, de fecha 28-10-2005, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de la ciudad de Antofagasta; y que se publicó en la edición del Diario Oficial número 38302, de fecha 0-11-2005, por lo que deberá entenderse que la empresa ha existido y operado válidamente en tales condiciones, durante toda su existencia. SANEA: Asimismo, escritura constitutiva, en el título de la misma se indica el nombre de la empresa como: “GIMNASIO VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”, en tanto que la cláusula relativa al nombre empresarial y el extracto constitutivo publicado incurre en vicio formal al no dar cumplimiento íntegro a lo expresado en el artículo 4to de la Ley 19857. Constituyente SANEA dicho vicio y expresa que el nombre de la empresa, será: “GIMNASIO VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”. Las
- Ley aplicable
- Ley 19857.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJULIO ALEJANDRO ABASOLO ARAVENA, Notario Público, 2ª Notaría de Antofagasta, Washington Nº 2653, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, comparece: doña VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS, chilena, soltera, comerciante, de 55 años de edad, CNI nro. 11.468.644-1, domiciliada en calle Maullín 5554, Antofagasta, RECTIFICA Y SANEA empresa denominada: “VICTORIA MARTINA ESCUDERO E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”, RUT 76.393.480-2. CAPITAL VIGENTE: $2.000.000.-- : Que por escritura pública otorgada con fecha 21-10-2005, ante don ITALO MARCELO ACUÑA FUENTEALBA, Notario Público Suplente de la 3ra Notaria de Antofagasta, se constituyó la empresa “VICTORIA MARTINA ESCUDERO E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”. Un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 1087, bajo el número 790, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Antofagasta, correspondiente al año 2005, y publicado en el Diario Oficial nro. 38302 de fecha 3-11-2005. Posteriormente modificada. La primera modificación por escritura pública de 21- 06-2011, suscrita ante don Alberto Paredes Rodríguez, Notario Público que fuera de la 4ta Notaría de Antofagasta, publicado en extracto en el Diario Oficial nro. 40020, con fecha 20-07-2011, e inscrito en el Registro de Comercio a fojas 1764, número 1284, año 2011; la segunda modificación registra data de 04-11-2015, suscrita en este mismo oficio notarial ante Tomás Fernández Gómez, suplente del titular Julio Abasolo Aravena, publicada en el Diario Oficial nro. 41300, inscrita en extracto en el Registro de Comercio de Antofagasta a fojas 2786 número 1572, año 2015. RECTIFICA: Extracto publicado de la escritura constitutiva, por disconformidad con ésta, por tanto cláusula signada como DÉCIMO dice: “La Empresa comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración de diez años renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Si la constituyente decidiese ponerle término lo hará mediante escritura pública que se suscribirá al margen de la inscripción de la empresa”; en tanto extracto publicado, incurre en un error al señalar duración de la sociedad como simplemente: 10 años, en circunstancias que son 10 años renovables conforme estatuto empresarial. Que fruto de dicha disconformidad, el extracto inscrito en el Registro de Comercio de Antofagasta, que rola a fojas 1087, número 790, correspondiente al año 2005, itera el error relativo a la duración de la citada empresa, indicando : “diez años”. Con lo cual, dicha empresa no se encontraría vigente, en circunstancias que ha operado sin interrupciones desde la fecha de su inscripción en el registro de Comercio hasta el día de hoy. Que subsistiendo la voluntad de la constituyente y por aplicación del artículo noveno, letra e) de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre saneamiento de vicios de nulidad, la constituyente doña VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS, viene en RECTIFICAR dicho error, consistente en la disconformidad habida entre la escritura constitutiva y el extracto publicado, reemplazando lo indicado en el extracto en relación con la duración de la sociedad, por la siguiente frase: “DURACION: Diez años renovables tácita y sucesivamente mismo período.” De esta manera, la constituyente manifiesta su voluntad de que la empresa continúe en los mismos términos y con las mismas formalidades que hubo para la constitución primitiva, y ratifica todo lo obrado y lo señalado en la escritura constitutiva de fecha 21-10-2005, en la 3ra Notaría de Antofagasta, por Notario Público Suplente ITALO MARCELO ACUÑA FUENTEALBA, inscrito a fojas 1087, bajo el número 790, de fecha 28-10-2005, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de la ciudad de Antofagasta; y que se publicó en la edición del Diario Oficial número 38302, de fecha 0-11-2005, por lo que deberá entenderse que la empresa ha existido y operado válidamente en tales condiciones, durante toda su existencia. SANEA: Asimismo, escritura constitutiva, en el título de la misma se indica el nombre de la empresa como: “GIMNASIO VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”, en tanto que la cláusula relativa al nombre empresarial y el extracto constitutivo publicado incurre en vicio formal al no dar cumplimiento íntegro a lo expresado en el artículo 4to de la Ley 19857. Constituyente SANEA dicho vicio y expresa que el nombre de la empresa, será: “GIMNASIO VICTORIA MARTINA ESCUDERO VARGAS E.I.R.L” y/o “GIMNASIO TEMPLE SPORT GYM E.I.R.L”. Las demás cláusulas que conforman el estatuto social y sus modificaciones permanecen vigentes válida y plenamente, no sufriendo modificaciones ni alteraciones, a excepción de las expresadas en este contrato. Estatuto completo escritura extractada Antofagasta, 19 de agosto de 2025.