Sociedad Radio Taxi Valle del Sol Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de septiembre de 2025
- Notario
- DANIEL RAMIRO HURTADO NAVIA
- Oficio
- Notaría de Vicuña
- Comuna
- Vicuña
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIEL RAMIRO HURTADO NAVIA, Abogado, Notario Público, Titular Notaría de Vicuña, con oficio en calle Gabriela Mistral Nº582, comuna de Vicuña, ante mí, por escritura con fecha de hoy comparecen: don CÉSAR MODESTO ROJAS RIVERA, chileno, casado, taxista, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos noventa y siete mil setecientos setenta y cinco guión ocho, con domicilio en calle Chacabuco número ciento treinta y seis, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; doña VIVIANA SOLANGE ROMERO PAZ, chilena, soltera, taxista, cédula nacional de identidad número quince millones treinta y seis mil quinientos ochenta y seis guión cuatro, con domicilio en Pasaje Marcelino II número sesenta y cuatro, Población Juan Pablo II, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; doña MARÍA CECILIA ROJAS ORREGO, chilena, viuda, taxista, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos setenta mil doscientos cuarenta y cuatro guión cinco, con domicilio en calle Gabriela Mistral número quinientos ochenta y uno, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; don RAMÓN ANTONIO FLORES AGUIRRE, chileno, soltero, taxista, cédula nacional de identidad número nueve millones sesenta y nueve mil trescientos sesenta guión tres, con domicilio en Pasaje Altovalsol número cinco, Población Los Andenes, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; don MARIO ORLANDO ARAYA CAMPOS, chileno, casado, taxista, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos cuarenta y cuatro mil trescientos tres guión cuatro, con domicilio en calle Oscar Marín número setenta y uno, sector de Calingasta comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; doña ANGÉLICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, chilena, soltera, dueña de casa, cédula nacional de identidad número doce millones novecientos cuarenta y un mil setecientos quince guión tres, con domicilio en Pasaje Augusto D`Halmar número siete, Población Antakari, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; don ERIC ALEXJANDRO COLLADO ALBURQUENQUE, chileno, casado, taxista, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos dieciséis mil doscientos setenta y cuatro guión ocho, con domicilio en calle Yungay número cuarenta y cinco, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; doña CATALINA FRANCISCA ULLOA RODRÍGUEZ, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos noventa y nueve guión seis, con domicilio en Pasaje Augusto D`Halmar número siete, Población Antakari, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; don PABLO IGNACIO RIVERA CORTÉS, chileno, casado, topógrafo, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuatrocientos nueve mil setecientos once guión nueve, con domicilio en Pasaje Río Elqui número treinta y siete, Población Aguas de Elqui, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; doña ALEJANDRA ANDREA LOURDES CORTÉS MORALES, chilena, soltera, técnico superior en bienestar social, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos sesenta y nueve mil y ocho trescientos sesenta y ocho guión seis, con domicilio en calle Miraflores número cuarenta y cinco, sector Calingasta, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; y don EDGARDO ENRIQUE ÀNGEL TORO, chileno, soltero, dependiente, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos catorce mil ochocientos noventa y ocho guión uno, con domicilio en Pasaje Estación Pelicana número cinco, Población Los Andenes, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo; modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD RADIO TAXI VALLE DEL SOL LIMITADA” o “RADIO TAXI VALLE DEL SOL LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha ocho de Abril de mil novecientos noventa y ocho, otorgada ante el Notario de Coquimbo don Alberto Mozó Aguilar, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número treinta y seis mil cuarenta y nueve de fecha veinticinco de Abril de mil novecientos noventa y ocho y se inscribió a fojas dieciséis (16) número catorce (14) en el Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho (1998), la cual ha sido objeto de las siguientes modificaciones que pasan a exponerse a continuación: a) Fue modificada por escritura pública de fecha veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario Interino de Coquimbo, doña Marcela Muñoz Castillo, cuyo extracto se publicó en el novecientos noventa y nueve y, se inscribió a fojas diecinueve (19) número doce (12) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año mil novecientos noventa y nueve (1999); b) Fue modificada por escritura pública de fecha veintidós de Marzo de dos mil cuatro, otorgada ante el Notario de Vicuña, don Jaime Sánchez Errázuriz, cuyo extracto se publicó en el dos mil cuatro y, se inscribió a fojas once (11) número once (11) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil cuatro (2004); c) Fue modificada por escritura pública de fecha trece de Mayo de dos mil cinco, otorgada ante el Notario de Vicuña, don Jaime Sánchez Errázuriz, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número treinta y ocho mil ciento setenta y siete de fecha veinticuatro de Mayo de dos mil cinco y, se inscribió a fojas dieciséis (16) número dieciséis (16) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil cinco (2005); d) Fue modificada por escritura pública de fecha veintisiete de Junio de dos mil seis, otorgada ante el Notario de Vicuña, don Jaime Sánchez Errázuriz, cuyo extracto se publicó en el se inscribió a fojas veintinueve (29) número veintisiete (27) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil seis (2006); e) Fue modificada por escritura pública de fecha diecinueve de Mayo de dos mil ocho, otorgada ante el Notario Suplente de Vicuña, don Fernando Martel Costa, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número treinta y nueve mil ochenta y ocho de fecha dieciséis de Junio de dos mil ocho y, se inscribió a fojas veinticuatro (24) número veintidós (22) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil ocho (2008); f) Fue modificada por escritura pública de fecha veinte de Agosto de dos mil trece, otorgada ante el Notario Titular de Vicuña, don Daniel Hurtado Navia, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta mil seiscientos cincuenta y siete de fecha once de Septiembre de dos mil trece y, se inscribió a fojas cincuenta y cinco (55) número cuarenta y cinco (45) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil trece (2013); g) Fue modificada por escritura pública de fecha cinco de Junio de dos mil veinte, otorgada ante el Notario Titular de Vicuña, don Daniel Hurtado Navia, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y dos mil setecientos veinte de fecha uno de Agosto de dos mil veinte y, se inscribió a fojas catorce (14) número once (11) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil veinte (2020); y h) Fue modificada por escritura pública de fecha doce de Julio de dos mil veinticuatro, otorgada ante el Notario Titular de Vicuña, don Daniel Hurtado Navia, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil novecientos catorce de fecha uno de Agosto de dos mil veinticuatro y, se inscribió a fojas diecinueve (19) número dieciséis (16) del Registro de Comercio de Vicuña, correspondiente al año dos mil veinticuatro (2024); Las modificaciones son las siguientes: 1) Doña ANGÉLICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, viene en vender, ceder y transferir el cien por ciento (100%) de sus derechos sociales que equivalen a un once coma veinticinco por ciento (11,25%) del capital social a doña ALEJANDRA ANDREA LOURDES CORTÈS MORALES, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) que la compradora paga a la vendedora, en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando esta última haberlos recibido a su más total y entera satisfacción; 2) Don PABLO IGNACIO RIVERA CORTÉS, viene en vender, ceder y transferir el cien por ciento (100%) de sus derechos sociales que equivalen a un once coma veinticinco por ciento (11,25%) del capital social a don EDGARDO ENRIQUE ÀNGEL TORO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta venta es la suma de cuatrocientos mil pesos ($400.000) que el comprador paga al vendedor, en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando este último haberlos recibido a su más total y entera satisfacción; 3) Doña ANGÉLICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÁLVAREZ y don PABLO IGNACIO RIVERA CORTÉS se retiran de la sociedad “SOCIEDAD RADIO TAXI VALLE DEL SOL LIMITADA” también conocida como “RADIO TAXI VALLE DEL SOL LTDA.”, e ingresan según lo expuesto en las clausulas anteriores como nuevos socios doña ANGÉLICA DEL CARMEN RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, y don EDGARDO ENRIQUE ÀNGEL TORO, lo que es aceptado de manera expresa y directa, por los socios don CÉSAR MODESTO ROJAS RIVERA, doña VIVIANA SOLANGE ROMERO PAZ, doña MARÍA CECILIA ROJAS ORREGO, don RAMÓN ANTONIO FLORES AGUIRRE, don MARIO ORLANDO ARAYA CAMPOS, don ERIC ALEXJANDRO COLLADO ALBURQUENQUE, y doña CATALINA FRANCISCA ULLOA RODRÍGUEZ, firmando en señal de consentimiento y aceptación este instrumento público; 4) El capital social que asciende a la suma de dos millones de pesos ($2.000.000) ha quedado distribuido entre sus únicos socios, del siguiente modo: a) Don MARIO ORLANDO ARAYA CAMPOS con un diez por ciento (10%) del capital social; y b) Don CÉSAR MODESTO ROJAS RIVERA, doña VIVIANA SOLANGE ROMERO PAZ, doña MARÍA CECILIA ROJAS ORREGO, don RAMÓN ANTONIO FLORES AGUIRRE, don ERIC ALEXJANDRO COLLADO ALBURQUENQUE, doña CATALINA FRANCISCA ULLOA RODRÍGUEZ, doña ALEJANDRA ANDREA LOURDES CORTÈS MORALES, y don EDGARDO ENRIQUE ÀNGEL TORO, con un once coma veinticinco por ciento (11,25%) del capital social; 5) Nuevos y únicos socios vienen en modificar la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido de que a partir de la suscripción del presente instrumento, la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía de la “SOCIEDAD RADIO TAXI VALLE DEL SOL LIMITADA” o “RADIO TAXI VALLE DEL SOL LTDA.”, corresponderá al socio don ERIC ALEXJANDRO COLLADO ALBURQUENQUE, ya singularizado, quien podrá actuar por la sociedad, con todas y cada una de las facultades contenidas en dicha cláusula, las que por razones de economía instrumental, se dan por expresamente reproducidas, por ser de conocimiento de las partes contratantes, para todos los efectos legales a que haya lugar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vicuña, 11 de Septiembre de 2025.