RESTAURANT EL CHEF DE LA VAQUITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2025
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Hermanos Amunátegui número setenta y tres, de la Comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura ante mí, de fecha 13 de Octubre 2025, doña DORILA DE LAS MERCEDES MUÑOZ OLMEDO, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, cédula de identidad número ocho millones novecientos nueve mil novecientos setenta y ocho guion uno; doña SUSSAN VALESCA FLORES MUÑOZ, chilena, conviviente civil, ingeniera civil, cédula de identidad número dieciocho millones quinientos catorce mil doscientos trece guion dos, don JORGE ELEUTERIO FLORES MURA, chileno, casado, comerciante, cédula de identidad número nueve millones seiscientos sesenta y dos mil cuatrocientos dieciocho guion dos, y don MARTIN IGNACIO FLORES MUÑOZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número dieciséis millones setecientos veinticinco mil doscientos ochenta y cinco guion cero, todos los comparecientes con domicilio en Avenida Quilín Norte número ocho mil ciento nueve, casa cincuenta y siete, Condominio Vista Cordillera VI, Comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; don CARLOS ALFONSO VEGA ZÚÑIGA, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y nueve guion cero, y don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número veinte millones seiscientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta y seis guion K, ambos con domicilio en calle San Nicolás número mil doscientos cincuenta, Comuna de San Miguel, Región Metropolitana; Modificaron “RESTAURANT EL CHEF DE LA VAQUITA LIMITADA", del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos tres mil noventa y ocho guion nueve, Modificaciones consisten: I) CESIONES DE DERECHOS: a) doña DORILA DE LAS MERCEDES MUÑOZ OLMEDO, vende, cede y transfiere a don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, que equivalen al treinta por ciento de los derechos totales de la sociedad. El precio de la cesión es de tres millones de pesos, que el cesionario precedentemente individualizado pagó en dicho acto, en dinero en efectivo a la cedente, y que ésta declaró recibirlo a su entera satisfacción.- b) don JORGE ELEUTERIO FLORES MURA, vende, cede y transfiere a don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos totales de la sociedad. El precio de la cesión es de dos millones quinientos mil pesos, que el cesionario precedentemente individualizado pagó en dicho acto, en dinero en efectivo al cedente, y que éste declaró recibirlo a su entera satisfacción.- c) don MARTIN IGNACIO FLORES MUÑOZ, vende, cede y transfiere a don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, que equivalen al veinticinco por ciento de los derechos totales de la sociedad. El precio de la cesión es de dos millones quinientos mil pesos, que el cesionario precedentemente individualizado pagó en dicho acto, en dinero en efectivo al cedente, y que éste declaró recibirlo a su entera satisfacción.- d) doña SUSSAN VALESCA FLORES MUÑOZ, vende, cede y transfiere a don CARLOS ALFONSO VEGA ZUÑIGA, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, que equivalen al veinte por ciento de los derechos totales de la sociedad. El precio de la cesión es de dos millones de pesos, que el cesionario precedentemente individualizado pagó en dicho acto, en dinero en efectivo a la cedente, y que ésta declaró recibirlo a su entera satisfacción.- II) NUEVA COMPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD: En consecuencia, serán, desde este momento, únicos socios de la sociedad, don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, con el ochenta por ciento de los derechos sociales y don CARLOS ALFONSO VEGA ZUÑIGA, con el veinte por ciento de los derechos sociales, dejando de pertenecer a la sociedad Doña Dorila de las Mercedes Muñoz Olmedo; don Jorge Eleuterio Flores Mura, don Martín Ignacio Flores Muñoz y doña Sussan Valesca Flores Muñoz.- III) Se modificó la cláusula relativa a la administración, representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social, la que será ejercida exclusivamente por don DIEGO FERNANDO CARRASCO INOSTROZA, ya individualizado, con todas y cada una de las facultades expresadas en el pacto originario de constitución social, las que se dan por expresa y totalmente reproducidas para todos los efectos legales.- En todo lo que no se modifica, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 14 de Octubre 2025.