MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES GSUSA SpA

RUT 77410378-3 CVE 2714043
Fecha instrumento
13 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de octubre de 2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Uno.- Se reemplaza la cláusula PRIMERO por la siguiente: “PRIMERO: El nombre o razón social será: SANTA JULIETA SpA”. Dos: Se reemplaza la clausula CUARTO por la siguiente: “CUARTO: El objeto de la sociedad será inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y dar en arriendo inmuebles con o sin bienes muebles e instalaciones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2° comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 13 de octubre de 2025, Rep. N° 11.773-2025, ante mi Suplente KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, don GONZALO SANHUEZA ROVIROSA, C.I.N° 13.241.544-7, modificó la sociedad INVERSIONES GSUSA SpA, inscrita a Fs. 53.489 N° 24.747 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, solamente en lo que respecta a la razón social y al objeto social. Uno.- Se reemplaza la cláusula PRIMERO por la siguiente: “PRIMERO: El nombre o razón social será: SANTA JULIETA SpA”. Dos: Se reemplaza la clausula CUARTO por la siguiente: “CUARTO: El objeto de la sociedad será inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; y dar en arriendo inmuebles con o sin bienes muebles e instalaciones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 14 de octubre de 2025.