GASTRONOMIA DEL SUR SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2014
- Notario
- Paulina Celis Maggi
- Oficio
- Interina de la Segunda Notaría de Providencia
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $8.100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaulina Celis Maggi, Abogada, Notario Público Interina de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, doña YESENIA CAROLINA HERNANDEZ ADARWISH, venezolana, soltera, empresaria, C.I.Ext. N° 26.068.211-3, quien comparece por si y en representación de la sociedad “LEUN Y HERNÁNDEZ LIMITADA”, del giro inversionista, Rut N° 76.742.117-6, ambas con domicilio en calle Constitución 125, comuna de Providencia, Santiago; don PEIYI CAI, chino, soltero, comerciante, C.I.Ext. N° 25.914.788-3, y don JHOPSUA ABRAHAM HERNÁNDEZ ADARWIS, venezolano, soltero, comerciante, C.I. N° 26.052.529-8, ambos domiciliados en calle Alonso de Ercilla 3100, depto. 203 B, comuna de Ñuñoa, Santiago, modifican la sociedad por acciones “GASTRONOMIA DEL SUR SpA”, RUT N° 76.369.417-8, constituida por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2014, otorgada ante Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago don Sergio Antonio Carmona Barrales, cuyo extracto se inscribió a fojas 71947 número 43826 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el diario oficial 40967. Modificada por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2017, otorgada ante el Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Providencia, de don Fernando Celis Urrutia, cuyo extracto se inscribió a fojas 63063 número 34054 del Registro de Comercio del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; y modificada además, por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2017, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, cuyo extracto se inscribió a fojas 78905 número 42469 del Registro de Comercio del año 2017; y además, modificada por escritura pública de fecha 16 de junio de 2020, otorgada en la Octava Notaría de Santiago, de don Luis Ignacio Manquehual Mery, actuando como notario suplente don Juan Cristian Berrios Castro cuyo extracto se inscribió a fojas 40359 número 19204 del Registro de Comercio del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. El capital social asciende a la suma de $8.100.000.-, dividido en 900 acciones nominativas, de un valor nominal de $9.000.- cada una, totalmente suscritas y pagadas. Modificación consiste: a) La sociedad LEUN Y HERNÁNDEZ LIMITADA, representada por su socia y representante legal doña Yesenia Carolina Hernández Adarwish, vende, cede, y transfiere, a título de venta y en propiedad, la totalidad de 600 acciones de su propiedad en “Gastronomía del Sur SpA”, equivalentes al 66,67 por ciento del capital social de la sociedad, a don PEIYI CAI, ya individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí dichas acciones, pagando en el acto, en dinero efectivo y al contado, la suma de $5.400.000.- b) Doña YESENIA CAROLINA HERNÁNDEZ ADARWISH, en su calidad de accionista de la sociedad, vende, cede, y transfiere, a título de venta y en propiedad, la totalidad de 300 acciones de su propiedad en “Gastronomía del Sur SpA”, equivalentes al 33,33% del capital social de la sociedad, a don JHOPSUA ABRAHAM HERNÁNDEZ ADARWIS, ya individualizado, quien compra, acepta y adquiere para sí dichas acciones, pagando en este acto, en dinero efectivo y al contado, la suma de $2.700.000.- por el total de las mismas. Conforme a lo anterior, y a contar de esta fecha, la nueva composición accionaria de la sociedad “Gastronomía del Sur SpA”, será la siguiente: Don PEIYI CAI, titular de 600 acciones, equivalentes al 66,67% del capital social; y don JHOPSUA ABRAHAM HERNÁNDEZ ADARWIS, titular de 300 acciones, equivalentes al 33,33% del capital social. En consecuencia, a partir de esta fecha, los anteriores accionistas, “Leun y Hernández Limitada” y doña Yesenia Carolina Hernández Adarwish, dejan de tener participación alguna en el capital social de la sociedad Gastronomía del Sur SpA.- En lo que respecta al objeto de la sociedad los actuales socios vienen a modificar el objeto de la sociedad, quedando éste de la siguiente forma: a) La realización de asesorías comerciales, diseño y elaboración de cartas gastronómicas, cartas de comida y coctelería, así como la capacitación del personal vinculado a servicios gastronómicos y de atención al cliente; b) La prestación de servicios de banquetería, pudiendo tomar en arriendo materiales, utensilios de cocina y todo aquello necesario para eventos en general, así como la prestación de servicios de comida rápida o catering para todo tipo de celebraciones; c) La realización, difusión y organización de todo tipo de eventos y actividades, tales como actividades artísticas, culturales, extraprogramáticas, promoción y organización de espectáculos, seminarios, charlas u otras similares, incluyendo actividades sociales tales como matrimonios, bautizos, cumpleaños y otros eventos de carácter particular o corporativo; y d) Cualquier otra actividad comercial conexa, complementaria o relacionada con el presente objeto o con aquellas que acuerden los socios.- Se ratifica en el cargo de administrador y representante legal único de la sociedad a don PEIYI CAI, antes identificado, quien ya ejercía dicha función y, a contar de esta fecha, continuará desempeñándola, en virtud de su calidad de accionista mayoritario y de las facultades conferidas por los estatutos sociales, con todas las atribuciones de administración y disposición que la ley y la sociedad confieren, declarando los comparecientes que con esta ratificación se mantiene la continuidad de la representación legal sin interrupción alguna. Los actuales socios vienen en introducir una modificación respecto del domicilio de la sociedad el cual quedará establecido en la calle Antonio Bellet número ciento noventa y tres, oficina mil doscientos diez, Comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, sin perjuicio de poder establecer sucursales o agencias en cualquier parte del país o del extranjero. En todo lo no modificado continúa vigente el pacto social constitutivo y modificaciones posteriores. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes.- Demas estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 13 de octubre del año 2025.-