ASESORÍAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2025
- Repertorio
- 52572-2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea N°3.477
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La participación, desarrollo y explotación de toda clase de proyectos de inversión en el sector inmobiliario, así como la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, de toda clase de bienes raíces y de derechos reales constituidos sobre ellos; Dos) La inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, en todo tipo de bienes, instrumentos, entidades, sociedades o personas, incluyendo la adquisición de o inversión en bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas e fondos mutuos, títulos de deuda, pagarés y cualquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, de cualquier tipo o moneda, sea de ahorro, reajustable o no, a plazo o condicional, con o sin garantía, sea que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero, y, en general, en cualquier otro instrumento o sistema de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos; Tres) La prestación de servicios de asesorías, consultorías, administración y asistencia técnica en general, a terceras personas naturales o jurídicas, en materias de orden financiero, económico, inmobiliario, inversión u otros similares, en todo tipo de actividades; Cuatro) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, ya sea mediante vehículos propios, arrendados, en leasing o a través de terceros; la representación de empresas nacionales o extranjeras dedicadas al transporte y)o embalaje; la compraventa de vehículos motorizados nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás elementos relacionados; así como la ejecución de todas aquellas actividades vinculadas, en el presente o en el futuro, al flete, traslado, distribución, embalaje y transporte de bienes, incluyendo, cuando corresponda, la realización de gestiones portuarias y aduaneras, y, en general, cualquier otra actividad complementaria o conexa que acuerden los socios; y Quinto) En general, la realización de todos los demás negocios o actividades complementarias, conexas o vinculadas con los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago con oficio en Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada el 9 de octubre de 2025, ante mí, Repertorio Nº 52.572-2025, ALEJANDRO DOMINGUEZ GONZLEZ, GABRIELA PATRICIA DEL CARMEN BELTRANDO SEPULVEDA, y CAMILA ALEJANDRA DOMINGUEZ BELTRANDO, todos domiciliados en Avenida Américo Vespucio Norte N°1090, piso 12, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, en su calidad de socios, transformaron sociedad de responsabilidad limitada denominada ASESORIAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA LIMITADA, inscrita a fojas 67.029 número 46.756 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2010, en una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: “ASESORIAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) La participación, desarrollo y explotación de toda clase de proyectos de inversión en el sector inmobiliario, así como la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, de toda clase de bienes raíces y de derechos reales constituidos sobre ellos; Dos) La inversión con fines rentísticos y no con ánimo de venta en toda clase de bienes corporales o incorporales muebles, en todo tipo de bienes, instrumentos, entidades, sociedades o personas, incluyendo la adquisición de o inversión en bonos, efectos de comercio, valores mobiliarios, cuotas e fondos mutuos, títulos de deuda, pagarés y cualquiera de los demás instrumentos de inversión financiera o del mercado de capitales, de cualquier tipo o moneda, sea de ahorro, reajustable o no, a plazo o condicional, con o sin garantía, sea que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro, ya sea en el país o en el extranjero, y, en general, en cualquier otro instrumento o sistema de inversión, y la administración de estas inversiones y sus frutos; Tres) La prestación de servicios de asesorías, consultorías, administración y asistencia técnica en general, a terceras personas naturales o jurídicas, en materias de orden financiero, económico, inmobiliario, inversión u otros similares, en todo tipo de actividades; Cuatro) El transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, ya sea mediante vehículos propios, arrendados, en leasing o a través de terceros; la representación de empresas nacionales o extranjeras dedicadas al transporte y/o embalaje; la compraventa de vehículos motorizados nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás elementos relacionados; así como la ejecución de todas aquellas actividades vinculadas, en el presente o en el futuro, al flete, traslado, distribución, embalaje y transporte de bienes, incluyendo, cuando corresponda, la realización de gestiones portuarias y aduaneras, y, en general, cualquier otra actividad complementaria o conexa que acuerden los socios; y Quinto) En general, la realización de todos los demás negocios o actividades complementarias, conexas o vinculadas con los accionistas. Para la consecución y el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá ejecuta, realizar o implementar todos los negocios, operaciones o actos y celebrar, otorgar y suscribir todos los instrumentos, actos y contratos necesarios y pertinentes para ello, y para lo cual podrá adquirir o enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes, así como su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o mera tenencia a cualquier otro título. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Artículo Primero Transitorio. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad, correspondiente a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, a las que se hace referencia en el Artículo Quinto de los estatutos, se suscriben de la siguiente forma: Uno) ALEJANDRO DOMINGUEZ GONZALEZ suscribe cuatrocientas veinticinco acciones, las que son pagadas íntegramente en este acto, de contado y a un valor de colocación de mil pesos por cada acción, lo que da un total pagado de cuatrocientos veinticinco mil pesos, mediante el aporte en dominio de la totalidad de sus derechos y haberes en ASESORIAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho guion dos, los que alcanzan al cuarenta y dos coma cinco por ciento de esta sociedad y que se valorizan por los accionistas en la suma de cuatrocientos veinticinco mil pesos; Dos) GABRIELA PATRICIA DEL CARMEN BELTRANDO SEPULVEDA suscribe cuatrocientas veinticinco acciones, las que son pagadas íntegramente en este acto, de contado y a un valor de colocación de mil pesos por cada acción, lo que da un total pagado de cuatrocientos veinticinco mil pesos, mediante el aporte en dominio de la totalidad de sus derechos y haberes en ASESORIAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho guion dos, los que alcanzan al cuarenta y dos coma cinco por ciento de esta sociedad y que se valorizan por los accionistas en la suma de cuatrocientos veinticinco mil pesos; y Tres) CAMILA ALEJANDRA DOMINGUEZ BELTRANDO suscribe ciento cincuenta acciones, las que son pagadas íntegramente en este acto, de contado y a un valor de colocación de mil pesos por cada acción, lo que da un total pagado de ciento cincuenta mil pesos, mediante el aporte en dominio de la totalidad de sus derechos y haberes en ASESORIAS E INVERSIONES DOÑA GABRIELA LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento veintiséis mil cuatrocientos noventa y ocho guion dos, los que alcanzan al quince por ciento de esta sociedad y que se valorizan por los accionistas en la suma de ciento cincuenta mil pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de octubre de 2025.