MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS AGROMOSTAZAL SpA

RUT 76322133-4 CVE 2713518
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Ovalle y

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Repertorio
2047
Comuna
Ovalle y

Personas y entidades (5)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
IVÁN JOSÉ VARELA PERRY socio 8850747-9
JOSÉ LEONARDO CORRAL MACÍAS socio 8678799-7
SOCIEDAD DE INVERSIONES PEDREGAL LIMITADA socio 77005043-K
VÍCTOR ALEJANDRO HONORES ZEPEDA representante 14313593-4
SOCIEDAD COMERCIAL Y DE INVERSIONES VIHOR SpA socio 76813448-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO CABRERA ALBARRÁN, Notario Titular de la Segunda Notaria de Ovalle y Conservador de Minas, con oficio en Miguel Aguirre 328, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de Septiembre de 2025, Repertorio N° 2.047, otorgada ante mí, comparecieron don IVÁN JOSÉ VARELA PERRY, CI 8.850.747-9, don JOSÉ LEONARDO CORRAL MACÍAS, chileno, CI 8.678.799-7, ambos en representación de SOCIEDAD DE INVERSIONES PEDREGAL LIMITADA, RUT 77.005.043-K, y VÍCTOR ALEJANDRO HONORES ZEPEDA, CI 14.313.593-4 en representación de SOCIEDAD COMERCIAL Y DE INVERSIONES VIHOR SpA, RUT 76.813.448-0, todos domiciliados para estos efectos en Calle única Mostazal, sin número, comuna de Monte Patria, sanearon escritura de Transformación de Servicios Agromostazal SpA, por vicios formales de escritura de fecha 24 de noviembre del año 2023 en la Notaría de don Rodrigo Cabrera Albarran bajo el repertorio número 2814-2023. El vicio formal consiste en no haber inscrito dentro de tiempo y forma de acuerdo a lo establecido en el artículo 426 y 427 del Código de Comercio, considerándose lo anterior como un vicio formal, al incumplir con las solemnidades legales establecidas en la anterior ley, todo ello de acuerdo a lo estipulado en la ley número 19.499 sobre el saneamiento de vicios de nulidad de sociedades. Por intermedio de aquella escritura los comparecientes vinieron en sanear el vicio formal indicado y ratificando todos los actos posteriores a ellas. Demás cláusulas escritura pública extractada. Ovalle, a 06 de Octubre de 2025.