CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria e Inversiones Palmito SpA

RUT 16017940-6 CVE 2713337
Capital
$592.166 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2025
Repertorio
15435-2025
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$592.166 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá, de manera individual e indistinta, a don SEBASTIÁN ANDRÉS GHERKUE SUKNI y a don JAVIER IGNACIO GHERKUE SUKNI, sin limitación alguna, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades contenidas en la escritura extractada

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Sebastián Andrés Gehrkue Sukni socio 16017940-6
Carlos Alexandro Gehrkue Grandón socio 8312845-3
Benjamín Rodrigo Fariña Oróstica socio 9850617-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, domiciliado en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2025, ante mi suplente doña Maria de los Angeles Ubilla Santa Cruz, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas Importadora y Exportadora Primec S.A. bajo repertorio N° 15.435-2025 , celebrada con fecha 29 de agosto de 2025, en la cual accionistas, por unanimidad acordaron dividir sociedad en dos sociedades, la continuadora “Importadora y Exportadora Primec S.A.” y otra nueva sociedad denominada “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Palmito SpA”, disminuyendo el capital de “Importadora y Exportadora Primec S.A.” en $592.166, esto es, en el monto que se asigna como capital la nueva sociedad “Inmobiliaria e Inversiones Palmito SpA”, sin perjuicio de las demás asignaciones patrimoniales a dicha sociedad. En consecuencia, Junta, por unanimidad, acordó modificar artículo quinto permanente del estatuto social de “Importadora y Exportadora Primec S.A.”, sustituyéndolos por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital social será la suma de $407.834 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, siendo enterada por los socios de la siguiente forma: a) Sebastián Andrés Gehrkue Sukni, suscribe 300 acciones por un valor de $122.350.2, equivalente al 30% del capital social, íntegramente suscrito y pagado; b) Carlos Alexandro Gehrkue Grandón, suscribe 300 acciones por un valor de $122.350.2, equivalente al 30% del capital social, íntegramente suscrito y pagado; c) Javier Ignacio Gehrkue Sukni suscribe 300 acciones por un valor de $122.350.2, equivalente al 30% del capital social, íntegramente suscrito y pagado, d) Benjamín Rodrigo Fariña Oróstica suscribe 100 acciones por un valor de $40.783.4, equivalente al 10% del capital social, íntegramente suscrito y pagado. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad”. Adicionalmente y producto de división, Sebastián Andrés Gehrkue Sukni, RUT 16.017.940-6, Carlos Alexandro Gehrkue Grandón, RUT 8.312.845-3, Javier Ignacio Gehrkue Sukni RUT 16.659.928-8 y Benjamín Rodrigo Fariña Oróstica, RUT 9.850.617-9, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “Inmobiliaria e Inversiones Palmito SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: 1) la construcción por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de obras civiles y de ingeniería, y la comercialización y administración de bienes muebles e inmuebles; 2) comprar, vender,enajenar y arrendar bienes raíces o muebles; 3) la realización de inversiones en todo tipo de bienes corporales e incorporales, sean muebles o inmuebles, administrar las inversiones y percibir sus frutos; y, 4) todos aquellos negocios de cualquier naturaleza, que la sociedad acuerde, estén o no vinculados al cumplimiento de su objeto social. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. Duración. La duración de la Sociedad será indefinida, sin perjuicio de la disolución en los casos que la Ley y los estatutos establecen. Capital Social. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $592.166, divido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. El capital de la sociedad se paga de la siguiente manera: a) SEBASTIÁN ANDRÉS GHERKUE SUKNI, suscribe 300 acciones por un valor de $177.649,8, correspondientes al 30% del capital social, íntegramente pagados y enterados; b) CARLOS ALEXANDRO GHERKUE GRANDÓN, suscribe 300 acciones por un valor de $177.649,8 correspondientes al 30%vdel capital social, íntegramente pagados y enterados; c) JAVIER IGNACIO GHERKUE SUKNI, suscribe 300 acciones por un valor de $177.649,8 correspondientes al 30% del capital social, íntegramente pagados y enterados, y; d) BENJAMÍN RODRIGO FARIÑA ORÓSTICA suscribe 100 acciones por un valor de $59.216,6 correspondientes al 10% del capital social, íntegramente pagados y enterados. La totalidad del capital ha sido enterado y pagado con cargo a la parte del capital que, con motivo de su división se disminuye de IMPORTADORA Y EXPORTADORA PRIMEC S.A., ascendente a dicha cantidad, capital que se enteró y pagó con anterioridad en las arcas de la sociedad. En consecuencia, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas fundadores. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá, de manera individual e indistinta, a don SEBASTIÁN ANDRÉS GHERKUE SUKNI y a don JAVIER IGNACIO GHERKUE SUKNI, sin limitación alguna, quienes, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representarán a la Sociedad con todas y cada una de las facultades contenidas en la escritura extractada. Otras estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 03 de octubre de 2025.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-