MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

EXPRO SECURITY S.A.

RUT 78005760-2 CVE 2713503
Capital
$401.161.821 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2025
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$401.161.821 CLP

Objeto social

El objeto o giro exclusivo de la Sociedad será la prestación de servicios especializados relativos a la seguridad que las empresas aéreas y compañías afines requieran dentro del recinto aeroportuario o, en general, en la operación aérea, estableciendo los sistemas pertinentes, entrando asesoría, proporcionando personal de vigilancia y control, dictando cursos de entrenamiento; la comercialización, distribución, importación, exportación, venta y arriendo de toda clase de bienes e insumos relacionados con la seguridad en todos sus aspectos; y, en general, actuando en todas las áreas que se relacionen directa o indirectamente con estos rubros; sin perjuicio de otros negocios que acuerden los socios, todo ello por cuenta propia o de terceros; la prestación de recursos humanos, técnicos, asesorías, capacitación en materias inherentes a seguridad privada; la prestación de todo tipo de servicios complementarios a la seguridad, tales como servicios de centro de llamados, administración de bodegaje, servicios de aseo industrial y residencial en cualquiera de sus formas, mantención de equipos; la prestación de servicios de personal en todas las áreas y pata todo tipo de empresas y asesorías y prestaciones de todo tipo en materias de recursos humanos y de seguridad

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inversiones Expro Fas SpA socio 76198465-2 99.98%
Grupo Expro Investments SpA socio 76862961-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, comuna de Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 26 de septiembre de 2025, Repertorio número 28.198-2025, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de septiembre de 2025 de EXPRO SECURITY S.A. (inscrita a fojas 8824 número 4467del Registro de Comercio de Santiago del año 1990), en la que por aclamación de los actuales y únicos accionistas de la Sociedad: Inversiones Expro Fas SpA, RUT N°76.198.465-2, titular de 6633 acciones y Grupo Expro Investments SpA, RUT N° 76.862.961-7, titular de una acción, se aprobó lo siguiente: UNO) dejar sin efecto íntegramente los acuerdos adoptados en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 17 de julio de 2025, por los cuales se modificó el ARTÍCULO PRIMERO de los estatutos sociales en lo relativo a la modificación de la razón social de la Sociedad. Asimismo, se acordó resciliar la escritura pública de fecha 21 de julio de 2025, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, por la que se redujo a escritura pública el acta de la mencionada junta, y disponer la cancelación de la inscripción practicada a fojas 64.509, número 24.797 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2025, mediante la cual se inscribió el extracto autorizado de la citada modificación de estatutos; DOS) Rectificar la escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2013, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Verónica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente del titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, por la que se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 14 de noviembre del mismo año, y por la que se incurrió en un error numérico al consignarse el monto del aporte de capital pagado y enterado por el accionista Inversiones Expro Fas SpA (denominada en aquella época “Inversiones SL Group SpA”). Dicho aporte quedó registrado por la suma de $340.679.523.-, cuando en realidad correspondía a la suma de $340.691.240.- Asimismo, se acordó modificar, si correspondiera, la inscripción de fojas 94.112, número 61.385, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2013, que corresponde al extracto de dicha modificación, resguardando así la correcta historia social y el fiel reflejo de las aportaciones efectuadas por los accionistas; y, TRES) Transformar la Sociedad de una Sociedad Anónima Cerrada a una Sociedad Por Acciones, cuyo estatuto se extracta: Nombre: “Expro Security SpA”. Objeto: El objeto o giro exclusivo de la Sociedad será la prestación de servicios especializados relativos a la seguridad que las empresas aéreas y compañías afines requieran dentro del recinto aeroportuario o, en general, en la operación aérea, estableciendo los sistemas pertinentes, entrando asesoría, proporcionando personal de vigilancia y control, dictando cursos de entrenamiento; la comercialización, distribución, importación, exportación, venta y arriendo de toda clase de bienes e insumos relacionados con la seguridad en todos sus aspectos; y, en general, actuando en todas las áreas que se relacionen directa o indirectamente con estos rubros; sin perjuicio de otros negocios que acuerden los socios, todo ello por cuenta propia o de terceros; la prestación de recursos humanos, técnicos, asesorías, capacitación en materias inherentes a seguridad privada; la prestación de todo tipo de servicios complementarios a la seguridad, tales como servicios de centro de llamados, administración de bodegaje, servicios de aseo industrial y residencial en cualquiera de sus formas, mantención de equipos; la prestación de servicios de personal en todas las áreas y pata todo tipo de empresas y asesorías y prestaciones de todo tipo en materias de recursos humanos y de seguridad. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $401.161.821, dividido en 6.634 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, totalmente suscritas y pagadas. Las acciones de la sociedad serán emitidas sin que sea necesario imprimir láminas físicas de dichos títulos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura extractada para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y demás anotaciones a que haya lugar en el Registro de Comercio respectivo, y las publicaciones de rigor. Santiago, 10 de octubre de 2025.