CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

E & L Corredores de Seguros SpA

CVE 2713022
Fecha instrumento
3 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2025
Notario
PAMELA VASQUEZ AVENDAÑO
Oficio
Titular de la Trigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Administración y

Objeto social

a) el actuar como corredora de seguros generales y de vida, o como intermediaria remunerada en la contratación y prestación de servicios y asesorías relacionadas con la contratación de seguros de cualquier clase, con cualquier entidad aseguradora Nacional radicada en el País; y b) en general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones anteriores

Administración

JAVIERA IGNACIA RUZ ROJAS

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAMELA VASQUEZ AVENDAÑO, Notario Público Suplente de la Titular de la Trigésima Séptima Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°117, oficina 1014, de la comuna de Santiago, certifica: por escritura pública otorgada el 03 de octubre de 2025, Rep N° 3415-2025, ante mí, JAVIERA IGNACIA RUZ ROJAS, constituyó una sociedad por acciones con siguientes menciones principales: Nombre: “E & L Corredores de Seguros SpA”, Objeto: a) el actuar como corredora de seguros generales y de vida, o como intermediaria remunerada en la contratación y prestación de servicios y asesorías relacionadas con la contratación de seguros de cualquier clase, con cualquier entidad aseguradora Nacional radicada en el País; y b) en general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las operaciones anteriores. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Administración y Representación: JAVIERA IGNACIA RUZ ROJAS. Capital: 1.000.000, dividido en diez mil acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie que se suscriben, enteran y pagan en acto de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de octubre de 2025.