Áridos Guerrico Chile Limitada
Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2025
- Repertorio
- 1446-2025
- Notario
- IVÁN GARCÍA ASTABURUAGA
- Oficio
- Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua
- Comuna
- San Vicente de Tagua Tagua
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Il Piano SNC | socio | 59104450-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN GARCÍA ASTABURUAGA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de San Vicente de Tagua Tagua, certifico que: Por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2025, repertorio 1446-2025, ante mí, por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2025, ante mí, GIANCARLO ROSI, italiano, pasaporte número YC0237365 emitido por la República de Italia, por sí y actuando en representación de “GIROS S.P.A.”, sociedad debidamente constituida y existente conforme a las leyes de la República de Italia, con domicilio legal en Visso (MC) localidad Il Piano SNC, RUT 59.104.450-8; CRISTIAN ALEJANDRO POZO PEREIRA, Rut 13.776.233-1, domiciliado en Pasaje Teniente número 735, sector centro, comuna y ciudad de Rancagua, y don MANUEL ESTEBAN MARTÍNEZ VERA, Rut 12.723.723-9, domiciliado en Paraíso Norte número 38, comuna de Isla de Maipo, región Metropolitana acordaron modificar la sociedad ÁRIDOS GUERRICO CHILE LIMITADA, Rut 76.058.720-6, capital $30.000.000. Se acordó una cesión de derechos sociales: a) La sociedad Giros S.P.A., representada por don Giancarlo Rosi, con la venia de su directorio, vende, cede y transfiere el 11,02% de sus derechos sociales a don Manuel Esteban Martínez Vera, quien los compra, adquiere y acepta para sí. Precio $16.128.000. b) La sociedad Giros S.P.A., representada por don Giancarlo Rosi, con la venia de su directorio, vende, cede y transfiere el 4,8% de sus derechos sociales a don Cristian Alejandro Pozo Pereira, quien los compra, adquiere y acepta para sí. Precio $6.912.000. Modificación: En virtud de la cesión anterior se sustituyó la cláusula quinta por la siguiente: “QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma única y total de treinta millones de pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: (a) Giros S.P.A., ha aportado con anterioridad a esta fecha, la suma de dieciséis millones ochocientos mil pesos, equivalentes al cincuenta y seis por ciento de los derechos de la sociedad. (b) Manuel Esteban Martínez Vera, ha aportado con esta fecha la suma de nueve millones de pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos de la sociedad. (c) Cristian Alejandro Pozo Pereira, ha aportado con esta fecha la suma de tres millones novecientos mil pesos, equivalentes al trece por ciento de los derechos de la sociedad. (d) Giancarlo Rosi, ha aportado con anterioridad a esta fecha, la suma de trescientos mil pesos, equivalentes al uno por ciento de los derechos de la sociedad” Demás cláusulas constan escritura extractada. San Vicente de Tagua Tagua a 13 de octubre de 2025.