RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de octubre de 2025
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, abogado Notario Público titular de la ciudad de Temuco, con oficio en calle Prat N° 815, certifica Que por escritura pública de fecha 10 de octubre de 2025, otorgada ante mí, Rep. 3076, don JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO, chileno, corredor de propiedades, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número 9.736.364-1, domiciliado en calle Antonio Varas número 687, oficina 808 de la ciudad y Comuna de Temuco; y doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL, chilena, casada y separada totalmente de bienes, administradora, cédula de identidad número 8.688.167-5, con domicilio en calle Aragón número 125 B, departamento 903 de la ciudad y Comuna de Temuco; ambos mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con sus respectivas cédulas de identidad y expresaron que: las partes vienen en resciliar y dejar sin efecto, la cesión hecha por la socia Jenny Elizabeth Rivas Rendel, de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil diecinueve, ante el notario público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de instrumentos públicos bajo el número diez mil novecientos diez / dos mil diecinueve en que vendió, cedió y transfirió al socio don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado un veinticinco por ciento Sobre la totalidad de sus acciones y/o participación social en la sociedad las que equivalían a un cuarenta y cinco por ciento del capital social, retrotrayéndose los efectos de dicha cesión al momento al momento anterior a su celebración, de modo que doña Jenny Elizabeth Rivas Rendel, vuelve a ser la propietaria de la participación social que le fuera vendida y transferida a don Julio Cesar Sepúlveda Hurtado, equivalente a un veinticinco por ciento sobre la totalidad de La participación social en la sociedad "RENTA E INVERSIONES SANTA FE LIMITADA", y nombre de fantasía; "SANTA FE LTDA", Rol Unico Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y tres mil novecientos nueve guion cinco.- El capital Social a la fecha es de DOS MILLONES DE PESOS.- Por su parte doña JENNY ELIZABETH RIVAS RENDEL restituye a don JULIO CÉSAR SEPÚLVEDA HURTADO, la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, por concepto del precio pagado, cantidad que este recibe, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción, declarando que, con dicha cantidad, queda compensado por las que dio con motivo de la cesión o venta resciliada, sin tener cargo alguno que formular.-La razón o motivo de la resciliación de dicha cesión o venta es que fue celebrada entre cónyuges en contravención a lo dispuesto por el artículo mil setecientos noventa y seis del Código Civil, constando de certificado de matrimonio inserto en la escritura de fecha veinticuatro de diciembre del año dos mil diecinueve, ante el notario público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el Repertorio de instrumentos públicos bajo el número diez mil novecientos diez / dos mil diecinueve, por lo que el acto resciliado adolecía de nulidad absoluta y que los comparecientes a la fecha de la cesión ignoraban el alcance de dicha prohibición.- Capital Social $2.000.000.- Temuco, 10 de octubre de 2025.-