INVERSIONES VARAS DEL CANTO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de octubre de 2025
Sociedad
- Capital
- $240.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Veinte años
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá de manera individual a doña Ema Emilia Elena Del Canto Harboe y a don Álvaro Daniel Varas Del Canto, indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán en la forma señalada, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, repertorio número 3801/2025, doña Ema Emilia Elena Del Canto Harboe, don Andrés Mauricio Varas Del Canto y don Álvaro Daniel Varas Del Canto, por sí y en representación de don Rodrigo Alejandro Varas Del Canto, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: “INVERSIONES VARAS DEL CANTO LIMITADA”.- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos.- CAPITAL: $240.000.000.- que los socios aportaron en la siguiente proporción: un 99.75 % doña Ema Emilia Elena Del Canto Harboe; y un 0,0833333333333 % cada uno de los señores Andrés Mauricio Varas Del Canto, Álvaro Daniel Varas Del Canto y Rodrigo Alejandro Varas Del Canto. El capital fue suscrito y pagado por los referidos socios, en las citadas proporciones, de la siguiente forma: doña Ema Emilia Elena Del Canto Harboe, a través del inmueble de su propiedad que se individualiza en la escritura extractada; y los restantes socios señores Andrés Mauricio Varas Del Canto, Álvaro Daniel Varas Del Canto y Rodrigo Alejandro Varas Del Canto, con la suma de $200.000.- cada uno, en dinero efectivo y a entera satisfacción de la Sociedad.- ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá de manera individual a doña Ema Emilia Elena Del Canto Harboe y a don Álvaro Daniel Varas Del Canto, indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán en la forma señalada, con las más amplias facultades.- DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales, agencias o filiales que se acuerde establecer en otras comunas del país.- DURACIÓN: Veinte años.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 8 de Octubre de 2025.