CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES VALDEBENITO SpA

RUT 12292978-7 CVE 2712509
Fecha instrumento
9 de octubre de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2025
Repertorio
1799-2025
Notario
RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Domicilio
: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

será El objeto de la sociedad será: compra y venta de propiedades; construcción y diseño de propiedades; compra y venta de repuestos y accesorios de automóviles, camiones, camionetas, buses, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos sean nuevos y usados, la compra y venta de lubricantes, gomas y todo lo atinente de cualquier manera con dichos vehículos; Reparación, mantención, lubricación, desabolladora, pintura y estética automotriz de toda clase de vehículos; compra y venta de vehículos; compra y venta de artículos de herramientas del hogar y toda clase de bienes para la construcción al mayor y al por menor; y a su vez todos aquellos que se determinen por acuerdo de los socios, sin que ello requiera de una modificación de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO JAVIER DÍAZ SUÁREZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio en Rancagua, certifico: Por escritura pública de fecha 09-10-2025, repertorio N°1799-2025 ante mí: RIGOBERTO BENITO VALDEBENITO QUINTEROS, chileno, casado con separación de bienes, Empresario, C.I.N°12.292.978-7, con domicilio en Pedro León Gallo 656, comuna de Rancagua, Región dl Libertador General Bernardo O’Higgins; constituye una sociedad por acciones con el nombre de “INVERSIONES VALDEBENITO S.p.A” o podrá usar, incluso ante los bancos la sigla o nombre de fantasía “PIEDRA AZUL S.p.A.”. Objeto: será El objeto de la sociedad será: compra y venta de propiedades; construcción y diseño de propiedades; compra y venta de repuestos y accesorios de automóviles, camiones, camionetas, buses, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos sean nuevos y usados, la compra y venta de lubricantes, gomas y todo lo atinente de cualquier manera con dichos vehículos; Reparación, mantención, lubricación, desabolladora, pintura y estética automotriz de toda clase de vehículos; compra y venta de vehículos; compra y venta de artículos de herramientas del hogar y toda clase de bienes para la construcción al mayor y al por menor; y a su vez todos aquellos que se determinen por acuerdo de los socios, sin que ello requiera de una modificación de los estatutos sociales.- Domicilio: : El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en cualesquiera otras comunas, ciudades y lugares del país o del extranjero. Administración y uso razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a Don RIGOBERTO BENITO VALDEBENITO QUINTEROS, quien actuara, anteponiendo la razón social a su firma tendrá las más amplias facultades, pudiendo al efecto celebrar todos los actos, contratos, convenciones, negocios, actuaciones y trámites que se relacionen con el giro de la empresa sin limitación de ninguna clase, en todo tipo de asuntos, contratos, actos y negocios. Capital: El capital de la sociedad será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, DIVIDIDOS EN CIEN ACCIONES, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, capital que se suscriben, pagan y pagarán en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, la administración queda facultada para aumentar el capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos. El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de cinco años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento respectivo, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado.- Duración: Esta sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura pública, y su duración será indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 09 de octubre de 2025.-