MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL NACE SpA

RUT 76195255-2 CVE 2712878
Fecha instrumento
29 de septiembre de 2025

Instrumento

Fecha
29 de septiembre de 2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2ª Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CORNELIA LICIA BECKER ÁLVAREZ socio 6569560-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la 2ª Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N° 1201 uno, local 101, Santiago, certifica: que en Junta Extraordinaria de Accionistas de “COMERCIAL NACE SpA”, RUT 76.195.255-2, sociedad inscrita a fojas 157, número 90, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Castro correspondiente al año 2012, celebrada en mi presencia el 10 de septiembre de 2025, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 29 de septiembre de 2025, ante mí (Rep. 6477-2025), CORNELIA LICIA BECKER ÁLVAREZ, RUT 6.569.560-K, e INVERSIONES NACE SpA, únicos accionistas de la sociedad según registro de accionistas tenido a la vista, acordaron la siguiente modificación sobre materia no extractable: Modificar la administración de la Sociedad y, por tanto, sustituir el artículo segundo transitorio por el siguiente: “(A) Designación de Administradores. Mientras la Junta de Accionista no revoque su designación, los administradores de la sociedad serán doña CORNELIA LICIA BECKER ÁLVAREZ, don ALEX EDGARDO ENRIQUE ANABALÓN BECKER, don CÉSAR ROLANDO MARCOS ANABALÓN BECKER, doña ERIKA CORNELIA ELIZABETH ANABALÓN BECKER y don NICOLÁS HERIBERTO ESTEBAN ANABALÓN BECKER; quienes actuando de la forma que se indicará en la letra siguiente, gozarán de todas las facultades señaladas en los presentes estatutos. (B) Forma de actuación de los administradores. Los administradores para el ejercicio de las facultades señaladas deberán actuar de la siguiente forma: Uno) Doña CORNELIA LICIA BECKER ÁLVAREZ podrá actuar individualmente sin limitación alguna. Dos) Don ALEX EDGARDO ENRIQUE ANABALÓN BECKER, don CÉSAR ROLANDO MARCOS ANABALÓN BECKER, doña ERIKA CORNELIA ELIZABETH ANABALÓN BECKER y don NICOLÁS HERIBERTO ESTEBAN ANABALÓN BECKER, deberán actuar siguiendo las siguientes reglas: i) Podrán actuar individual e indistintamente cualquiera de ellos en la celebración de toda clase de actos y contratos que impliquen un derecho u obligación para la sociedad por un monto de hasta tres millones de pesos. ii) Deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos en la celebración de toda clase de actos y contratos que impliquen un derecho u obligación para la sociedad por un monto superior a tres millones de pesos y por hasta cincuenta millones de pesos. iii) Deberán actuar conjuntamente tres cualquiera de ellos en la celebración de toda clase de actos y contratos que impliquen un derecho u obligación para la sociedad por un monto superior a cincuenta millones de pesos”. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 29 de septiembre de 2025.