MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ALCHEMY HOLDING (CHILE) LIMITADA

RUT 76239215-1 CVE 2712846
Fecha instrumento
1 de octubre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2025
Repertorio
14700-2025
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, IVAN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos número 979, oficina número 501, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 01 de octubre de 2025, Repertorio N° 14.700-2025 (la “Escritura de Saneamiento”), otorgada ante mí, doña María Francisca Zuccone Villanueva, con domicilio en calle Orinoco número 90, torre 1, piso 22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, debidamente facultada, saneó el vicio formal en que se incurrió en la modificación (la “Modificación”) de la sociedad ALCHEMY HOLDING (CHILE) LIMITADA (la “Sociedad”). Se dejó constancia que el extracto de constitución social de la Sociedad se encuentra inscrito a fojas 62.693, bajo el número 43.688, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2012. Asimismo, la referida Modificación consta de escritura pública de fecha 14 de junio de 2024, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, bajo el Repertorio N° 8.693-2024, cuyo extracto (el “Extracto de Modificación”) se encuentra inscrito a fojas 54.773, bajo el número 22.220 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2024, y publicado en el Diario Oficial con fecha 08 de julio de 2024. En virtud de la Escritura de Saneamiento, la compareciente saneó el vicio incurrido en el extracto de la Modificación de la Sociedad, el cual consistió en la omisión de la mención expresa de los socios designados para administrar y representar a la Sociedad, exigido por el numeral 3° del artículo 352 del Código de Comercio, y solamente se indicó en el referido extracto que los socios modificaron la administración de la Sociedad. En consecuencia, la compareciente expresó que en cuanto a la administración de la Sociedad, a través de la Modificación se reemplazó íntegramente el texto del Artículo Tercero de sus estatutos, estableciendo que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los señores doña QIAOYING WANG, y don YOUJUN LIU, quienes actuando separada e indistintamente, en ausencia del Gerente y/o a falta de éste, lo que no será necesario acreditar a terceros, representarán y obligarán a la Sociedad, con las más amplias facultades, en toda clase de actos y contratos y especialmente, aquellas enumeradas en el numeral Uno/ del Artículo Tercero de los estatutos sociales. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Demás estipulaciones constan en la Escritura de Saneamiento extractada. Santiago, 7 de octubre de 2025.