SOCIEDAD AGRÍCOLA EL ROSAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 7848/2025
- Notario
- OSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ
- Domicilio
- doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR EDUARDO CELIZ DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, Santiago, certifico: Que, Por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2025, repertorio N° 7.848/2025, ante mí, don NICOLÁS BENJAMÍN NOVOA HURTADO, doña CARMEN GLORIA VALDÉS VEJAR, ambos domiciliados para estos efectos en Fundo El Rosal, Kilómetro 4 Camino a Molco, comuna de Cauquenes, Región del Maule, y la sociedad INVERSIONES EL ROSAL LIMITADA, debidamente representada por doña CARMEN GLORIA VALDÉS VEJAR, domiciliada para estos efectos en calle Burgos 212, departamento 41, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acuerdan modificar la SOCIEDAD AGRÍCOLA EL ROSAL LIMITADA, en el siguiente sentido: Aumentar el capital social desde la suma de $5.000.000.- a la suma total de $50.000.000.-, lo que implica un aumento efectivo y real de $45.000.000.-, el que se pagará mediante el aporte que, por medio de su representante, realizará la sociedad INVERSIONES EL ROSAL LIMITADA, quien ingresa a la sociedad con el consentimiento de los actuales socios. Modificándose el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “CUARTO: Capital.- El capital de la Sociedad es la suma de cincuenta millones de pesos que los socios aportaron, aportan y aportarán en la forma y oportunidad que se indica a continuación: a) Doña CARMEN GLORIA VALDÉS VEJAR, la suma de cuatro millones quinientos cincuenta mil pesos, equivalentes al nueve coma uno por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; b) Don NICOLÁS BENJAMIN NOVOA HURTADO, la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, equivalentes al cero coma nueve por ciento del capital social; y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto; y c) La sociedad INVERSIONES EL ROSAL LIMITADA, la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, equivalentes al noventa por ciento del capital social, de los cuales, cinco millones de pesos son pagados en este acto en dinero efectivo, y cuarenta millones de pesos serán pagados dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha de la presente escritura".- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 6 de octubre de 2025.