CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MECV SpA

CVE 2711994
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2025
Repertorio
49176/2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será efectuar todo tipo de inversiones exclusivamente fuera del país, incluyendo sin que implique limitación: formar y participar en todo tipo de sociedades o entidades constituidas bajo las leyes de cualquier país o jurisdicción; invertir en bienes situados en cualquier país o jurisdicción, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales; invertir en todo tipo de valores e instrumentos financieros tales como acciones, bonos, futuros, opciones, derivados, índices, carteras de valores, depósitos a plazo, créditos, criptomonedas, oro y metales; adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores; y, en general, ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con dichos objetivos, con tal que no se realicen inversiones en pesos chilenos ni en activos o bienes situados en Chile; y (iii)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, domiciliado en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°49.176/2025, María Elisa Cousiño Vial, cedula de identidad N°17.089.741- 2, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (i) Nombre: MECV SpA (la “Sociedad”); (ii) Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar todo tipo de inversiones exclusivamente fuera del país, incluyendo sin que implique limitación: formar y participar en todo tipo de sociedades o entidades constituidas bajo las leyes de cualquier país o jurisdicción; invertir en bienes situados en cualquier país o jurisdicción, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales; invertir en todo tipo de valores e instrumentos financieros tales como acciones, bonos, futuros, opciones, derivados, índices, carteras de valores, depósitos a plazo, créditos, criptomonedas, oro y metales; adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores; y, en general, ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con dichos objetivos, con tal que no se realicen inversiones en pesos chilenos ni en activos o bienes situados en Chile; y (iii) Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, y de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas por el único accionista en el acto de constitución de la Sociedad, en la forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 7 de octubre de 2025.