Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 49176/2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar todo tipo de inversiones exclusivamente fuera del país, incluyendo sin que implique limitación: formar y participar en todo tipo de sociedades o entidades constituidas bajo las leyes de cualquier país o jurisdicción; invertir en bienes situados en cualquier país o jurisdicción, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales; invertir en todo tipo de valores e instrumentos financieros tales como acciones, bonos, futuros, opciones, derivados, índices, carteras de valores, depósitos a plazo, créditos, criptomonedas, oro y metales; adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores; y, en general, ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con dichos objetivos, con tal que no se realicen inversiones en pesos chilenos ni en activos o bienes situados en Chile; y (iii)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38ª Notaría Santiago, domiciliado en Avenida Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 25 de septiembre de 2025, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°49.176/2025, María Elisa Cousiño Vial, cedula de identidad N°17.089.741- 2, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: (i) Nombre: MECV SpA (la “Sociedad”); (ii) Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar todo tipo de inversiones exclusivamente fuera del país, incluyendo sin que implique limitación: formar y participar en todo tipo de sociedades o entidades constituidas bajo las leyes de cualquier país o jurisdicción; invertir en bienes situados en cualquier país o jurisdicción, sean éstos muebles o inmuebles, corporales o incorporales; invertir en todo tipo de valores e instrumentos financieros tales como acciones, bonos, futuros, opciones, derivados, índices, carteras de valores, depósitos a plazo, créditos, criptomonedas, oro y metales; adquirir, gravar y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores; y, en general, ejecutar o celebrar cualquier acto o contrato relacionado directa o indirectamente con dichos objetivos, con tal que no se realicen inversiones en pesos chilenos ni en activos o bienes situados en Chile; y (iii) Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, y de una misma y única serie, íntegramente suscritas y pagadas por el único accionista en el acto de constitución de la Sociedad, en la forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago, 7 de octubre de 2025.