Inversiones e Inmobiliaria Don Vicente SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2025
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. B ) La confección, elaboración y desarrollo de toda clase de proyectos y estudios. C) La prestación en general de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos y asistencia técnica, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales en su más amplio aspecto. D) La inversión en negocios comerciales, inmobiliarios y de cualquier otra naturaleza, y cualquier otra actividad que los socios acuerden. E) La compra, venta, arrendamiento y, en general, la explotación en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces. F) La construcción, por cuenta propia o ajena y bajo cualquier modalidad, de toda clase de edificaciones. G) La realización, administración y disposición de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias. H) El desarrollo del negocio inmobiliario, pudiendo, al efecto, comprar, vender, arrendar, entregar en administración, lotear, subdividir, urbanizar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces. I) La participación en sociedades que tengan por objeto uno o más de los señalados precedentemente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 06 de octubre de 2025, ante mí, Holding Agrícola SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 78.066.111-9, representada según se acreditará, por Gonzalo Pizarro Brignardello, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 6.555.480-1, domiciliada para estos efectos en Isidora Goyenechea 3000, oficina S-202, Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones con el nombre de “Inversiones e Inmobiliaria Don Vicente SpA” . Domicilio: Ciudad Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: A) La inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas que deriven de las anteriores. B ) La confección, elaboración y desarrollo de toda clase de proyectos y estudios. C) La prestación en general de toda clase de consultorías, asesorías, evaluación de proyectos y asistencia técnica, y en general, la prestación de toda clase de servicios técnicos y profesionales en su más amplio aspecto. D) La inversión en negocios comerciales, inmobiliarios y de cualquier otra naturaleza, y cualquier otra actividad que los socios acuerden. E) La compra, venta, arrendamiento y, en general, la explotación en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces. F) La construcción, por cuenta propia o ajena y bajo cualquier modalidad, de toda clase de edificaciones. G) La realización, administración y disposición de toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias. H) El desarrollo del negocio inmobiliario, pudiendo, al efecto, comprar, vender, arrendar, entregar en administración, lotear, subdividir, urbanizar y, en general, administrar y explotar, en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes raíces. I) La participación en sociedades que tengan por objeto uno o más de los señalados precedentemente. Capital: 1.000.000 de pesos en moneda nacional chilena, dividido en 1000 acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, el que se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los estatutos que se extractan. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 09 de octubre 2025.