Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2025
- Repertorio
- 2531-2025
- Notario
- SERGIO RODRÍGUEZ URIBE
- Oficio
- 14° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $191.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje e intermediación de propiedades, u otra cualquiera forma de explotación, ya sea, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Compra venta de inmuebles estén o no edificados, promoción de negocios, inversiones, construcciones, planes habitacionales y asesorías de los mismos; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, asesorías inmobiliarias, formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin limitación alguna
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PAUL ALEXANDER COOK MOYANO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO RODRÍGUEZ URIBE, Abogado, Notario Público 14° Notaría de Santiago, Amunátegui 391, Local 1, Santiago, CERTIFICA: Por Escritura Pública de hoy, 06/10/2025, Repertorio N°2531-2025, ante mí, PAUL ALEXANDER COOK MOYANO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero electrónico, cédula de identidad número ocho millones quinientos diez mil novecientos cuarenta y siete guion dos, domiciliado en calle Los Jardines número quinientos cincuenta y ocho, comuna de Isla de Maipo, región Metropolitana. El compareciente constituye una sociedad por acciones denominada “INVERSIONES DSCP SpA” pudiendo utilizar como nombre de fantasía “DSCP SpA” que quedará regida por sus estatutos y en lo no previsto, subsidiariamente por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos dentro del país o en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje e intermediación de propiedades, u otra cualquiera forma de explotación, ya sea, loteo, subdivisión, construcción, urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Compra venta de inmuebles estén o no edificados, promoción de negocios, inversiones, construcciones, planes habitacionales y asesorías de los mismos; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios, asesorías inmobiliarias, formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio, inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos y valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los socios, sin limitación alguna. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $191.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, el que se suscribe de la siguiente forma: don PAUL ALEXANDER COOK MOYANO suscribe y paga de la siguiente forma: Declara ser dueño y aporta los siguientes bienes: INMUEBLES: UNO) del inmueble que corresponde al departamento cuatrocientos doce del piso cuatro, del "Edificio Lira Doscientos Cincuenta y Cuatro", con acceso principal por calle Lira número doscientos cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado bajo el número seis mil doscientos noventa y seis y sus láminas respectivas; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en tramo de sesenta y cuatro coma noventa y nueve metros con casa y sitio de doña Genoveva García de García y Domingo García; SUR, en tramo de cincuenta y nueve coma veintiún metros con propiedad de sucesión de don Felipe Marín, en tramo de cuatro coma noventa metros con calle Marín, y en tramo de dos coma cero tres metros con otros propietarios; ORIENTE, en tramo de veintidós coma cincuenta y cuatro metros y de veintinueve coma cero nueve metros, con otros propietarios; PONIENTE, en tramo de veintidós coma cincuenta metros con calle Lira y franja expropiada de por medio, y en tramo de veintinueve coma doce metros con propiedad de don Guillermo Vargas. Lo adquirió por compra que hizo a la sociedad Arrendamientos Lira Doscientos Cincuenta Y Cuatro SpA, según consta en escritura pública de fecha veintiocho de julio del año dos mil veintidós, otorgada ante notario doña María Soledad Lascar Merino. El título a su favor consta inscrito a fojas setenta y siete mil ciento cincuenta y cuatro, número ciento doce mil seiscientos setenta del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintidós. Rol de avalúo fiscal número cuatrocientos cincuenta y siete guion seiscientos cuatro, comuna de Santiago. DOS) del inmueble que corresponde a la bodega ochenta y dos del segundo subterráneo, del "Edificio Lira Doscientos cincuenta y cuatro", con acceso principal por calle Lira número doscientos cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de acuerdo al plano archivado bajo el número seis mil doscientos noventa y seis y sus láminas respectivas; y dueño además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en tramo de sesenta y cuatro coma noventa y nueve metros con casa y sitio de doña Genoveva García de García y Domingo García; SUR, en tramo de cincuenta y nueve coma veintiún metros con propiedad de sucesión de don Felipe Marín, en tramo de cuatro coma noventa metros con calle Marín, y en tramo de dos coma cero tres metros con otros propietarios; ORIENTE, en tramo de veintidós coma cincuenta y cuatro metros y de veintinueve coma cero nueve metros, con otros propietarios; PONIENTE, en tramo de veintidós coma cincuenta metros con calle Lira y franja expropiada de por medio, y en tramo de veintinueve coma doce metros con propiedad de don Guillermo Vargas. Lo adquirió por compra que hizo a la sociedad Arrendamientos Lira Doscientos Cincuenta Y Cuatro SpA, según consta en escritura pública de fecha veintiocho de julio del año dos mil veintidós, otorgada ante notario doña María Soledad Lascar Merino. El título a su favor consta inscrito a fojas setenta y siete mil ciento cincuenta y cinco, número ciento doce mil seiscientos setenta y uno del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil veintidós. Rol de avalúo número cuatrocientos cincuenta y siete guion ochocientos veintidós, comuna de Santiago. TRES) del Lote cuatro guion treinta, que forma parte del resto o parte no transferida de la parcela de Secano número Cuatro, que formaba parte del predio rústico denominado resto del fundo Mallerno, ubicado en la comuna de Marchigue, que tiene una superficie de cinco mil metros cuadrados, y que deslinda: NORTE, en noventa y siete coma ocho metros, con lote Cuatro guion Veintinueve, de la misma subdivisión; SURORIENTE, en setenta y dos coma cinco metros con Parcela Diez, con servidumbre de tránsito de por medio; ORIENTE, en cuarenta y uno coma cero metros, con Parcela Cinco, con servidumbre de tránsito de por medio; y SURPONIENTE, en ochenta y dos coma nueve metros en parte con lote Cuatro guion Uno, con lote Cuatro guion Dos, y en parte con lote cuatro guion Tres, todos de la misma subdivisión. Los deslindes y superficie constan del plano de subdivisión que se encuentra agregado bajo el número cincuenta y nueve al final del Registro de Propiedad del año dos mil veintidós del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo. Lo adquirió por compra que hizo a la sociedad Inversiones Santa Inés SpA, según consta en escritura pública de fecha veintiocho de marzo de dos mil veintidós, otorgada ante notario público doña María Patricia Donoso Gomien. El título a su favor consta a fojas tres mil ciento nueve, número dos mil novecientos sesenta y cuatro del Registro de Propiedad del Conservador de bienes Raíces de Peralillo del año dos mil veintidós. Rol de avalúo fiscal número doscientos sesenta y uno guion doscientos ochenta, comuna de Marchigue. CUATRO) del departamento número ciento tres del primer piso, del edificio número Dos, primera Etapa; el derecho de uso y goce exclusivo del estacionamiento número ciento once; y el derecho de uso y goce exclusivo del patio número ciento tres, todos del Condominio Miramar El Tabito, que tiene su acceso por la calle Camino Vecinal Viña del Mar número cuatro mil veinticinco, comuna de El Tabo, quinta región, individualizado en el plano archivado bajo el número dieciséis al final del Registro Especial de Condominios del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año dos mil dieciocho. El condominio se construyó en el resto de la Hijuela número cincuenta y ocho, denominada Los Pinguinos, del Fundo Chépica, ubicado en la comuna de El Tabo, provincia de San Antonio, que tiene una cabida aproximada de dos hectáreas, cuatro mil metros mas o menos y deslinda según sus títulos: NOR-ORIENTE, en cien metros con propiedad de la Convención Bautista, camino interior de por medio; SUR, en cien metros mas o menos con hijuela número cincuenta y nueve denominado Las Jibias, camino interior de por medio; ORIENTE, en doscientos cuarenta metros mas o menos con hijuela número sesenta, cerros de arena; PONIENTE, en doscientos ochenta metros mas o menos con Hijuela Los Maquis número cincuenta y seis. Esta hijuela, anteriormente individualizada, excluye los lotes que fueron vendidos con anterioridad: lote de forma triangular signado con las letras A guion B guion C en el plano de subdivisión archivado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio con el número setecientos veinticinco del año mil novecientos ochenta y cinco e inscrita a fojas mil novecientos veintiocho vuelta, número dos mil trescientos sesenta y cuatro del año mil novecientos ochenta y cinco, y lote de forma rectangular signado con las letras A guion B guion C guion D del plano de subdivisión archivado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio con el número setecientos veinticuatro de mil novecientos ochenta y cinco e inscrito a fojas mil novecientos veintisiete, número dos mil trescientos sesenta y tres del Registro de Propiedad del año mil novecientos ochenta y cinco. Se comprenden los derechos en proporción con los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno ya singularizado, conforme a la ley de Copropiedad Inmobiliaria. Lo adquirió por compra que hizo a doña Jennyfer Karen Díaz Swanston y a don Leonel Agapito Lopez Cuentas, según consta en escritura pública de fecha cuatro de julio de dos mil veintidós, otorgada ante notario don Pablo Alberto Gonzalez Caamaño. El título a su favor consta inscrito a fojas tres mil seiscientos cuarenta y nueve vuelta, número cuatro mil seiscientos noventa y cinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio del año dos mil veintidós. Rol de avalúo fiscal número ochocientos veinte guion treinta y cinco, El Tabo. CINCO) Inmueble consistente en casa y sitio ubicado en calle Los Jardines número quinientos cincuenta y ocho, comuna de Isla de Maipo, que corresponde al lote cuatro de la manzana J del loteo Valle La Reserva, etapa Cuatro, que deslinda según escritura y plano archivado bajo el número uno del año dos mil diecisiete; NORTE, en trece coma ocho metros con lote cinco y en ocho coma veintiséis metros con lote seis, ambos de la misma manzana Ja del plano de loteo; SUR, en veintidós metros con lote tres de la misma manzana J del plano de loteo; ORIENTE, en trece metros con calle Los Jardines; PONIENTE, en doce metros con lote siete de la misma manzana J del plano de loteo. Lo adquirió por compra que hizo a la sociedad Inmobiliaria La Reserva Limitada, según consta en escritura pública de fecha tres de abril de dos mil diecisiete, otorgada ante notario público don René Benavente Cash. El título a su favor consta inscrito a fojas mil trescientos veinticinco, número mil doscientos sesenta y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año dos mil diecisiete. Rol de avalúo fiscal número cuarenta y seis guion doscientos veinticinco, comuna de Isla de Maipo. LOS INMUEBLES respecto de las cuales, el socio aportante es dueño, y son avaluados en la suma total de ciento tres millones de pesos, y en detalle cada inmueble, avaluado como sigue a continuación: el inmueble singularizado bajo el número UNO) de la presente cláusula es avaluado en la suma total de cincuenta y ocho millones de pesos. El inmueble singularizado bajo el número DOS) de la presente cláusula es avaluado en la suma de dos millones de pesos. El inmueble singularizado bajo el número TRES) de la presente cláusula es avaluado en la suma total de siete millones quinientos mil pesos; El inmueble singularizado bajo el número CUATRO) de la presente cláusula es avaluado en la suma de treinta y cinco millones quinientos mil pesos; Y finalmente el inmueble singularizado bajo el número CINCO) de la presente cláusula es avaluado en la suma de ochenta y ocho millones de pesos. Como consecuencia de los aportes anteriores el capital de la sociedad queda íntegramente suscrito y pagado. La administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don PAUL ALEXANDER COOK MOYANO. Duración: indefinida. Las demás Estipulaciones, se contiene en escritura extractada. Santiago, 9 de octubre de 2025.-