Instrumento
- Fecha
- 6 de octubre de 2025
- Repertorio
- 11520-2025
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
1) La prestación de servicios de estética, belleza y wellness, incluyendo cosmetología, peluquería, barbería, manicure y similares; 2) Comercialización de todo tipo de productos y servicios relacionados o relativos a los rubros anteriores; 3) Representación, licenciamiento y explotación de marcas y líneas de servicios y productos relacionados o relativos a los rubros indicados; 4) Instalación y)o explotación de negocios, comercios y locales comerciales destinados o que puedan destinarse a cualquiera de los rubros anteriores, y; 5) En general, toda otra actividad comercial necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública de 6 de octubre de 2025, repertorio N° 11.520-2025, ante mí, don FABIÁN ESTEBAN FUENZALIDA RIVEROS, C.I. 16.340.096-0, constituyó Sociedad por Acciones. Nombre: BODY AND SOUL SpA. Objeto: 1) La prestación de servicios de estética, belleza y wellness, incluyendo cosmetología, peluquería, barbería, manicure y similares; 2) Comercialización de todo tipo de productos y servicios relacionados o relativos a los rubros anteriores; 3) Representación, licenciamiento y explotación de marcas y líneas de servicios y productos relacionados o relativos a los rubros indicados; 4) Instalación y/o explotación de negocios, comercios y locales comerciales destinados o que puedan destinarse a cualquiera de los rubros anteriores, y; 5) En general, toda otra actividad comercial necesaria para el cumplimiento de los fines anteriores. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado de la forma indicada en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 7 de octubre de 2025.