Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2025
- Repertorio
- 57493-2025
- Notario
- PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro. Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden
Administración
La administración, representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña ISABEL ANDREA DEL CARMEN CERÓN ENRÍQUEZ y a don GUIDO ANDRÉS CRINO ORTÍZ, quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, contarán con plenas facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos., según escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales Número 5.841, comuna de La Reina, CERTIFICO: que por escritura pública con fecha 9 de octubre de 2025, número de repertorio 57.493-2025, ante mí, ISABEL ANDREA DEL CARMEN CERÓN ENRÍQUEZ y GUIDO ANDRÉS CRINO ORTÍZ, ambos domiciliados para estos efectos en Simón Bolívar dos mil quinientos cuarenta y tres, departamento ciento treinta y uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre. La sociedad se denominará “ARAUCARIAS SpA”. Domicilio. Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración. La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones y sobre toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, derechos reales y personales, valores mobiliarios de toda clase, efectos de comercio, bonos, debentures, acciones, y toda clase de valores y títulos de inversión o ahorro. Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados y que los accionistas acuerden. Capital. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas de la forma que sigue: Uno. ISABEL ANDREA DEL CARMEN CERÓN ENRÍQUEZ, con quinientas acciones por un valor de quinientos mil pesos, íntegramente suscritas y pagadas en este acto en dinero en efectivo; y, Dos. GUIDO ANDRÉS CRINO ORTÍZ, con quinientas acciones por un valor de quinientos mil pesos, íntegramente suscritas y pagadas en este acto en dinero en efectivo. Administración. La administración, representación de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña ISABEL ANDREA DEL CARMEN CERÓN ENRÍQUEZ y a don GUIDO ANDRÉS CRINO ORTÍZ, quienes actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, contarán con plenas facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos., según escritura. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de octubre de 2025.