WAWICLUB SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2025
- Repertorio
- 2327
- Comuna
- Pública Titular de la Quinta Notaria
Administración
La administración de la sociedad será ejercida por doña ERIKA WALESKA OYARZUN TORRES, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna, las que incluirán a lo menos las facultades enunciadas en el artículo tercero transitorio de este instrumento. El podrá delegar, en todo o parte, sus facultades de administración en un tercero quien será designado por escritura pública o por instrumento privado firmado ante notario y protocolizado en sus registros”; 2.-) que se modifica el Artículo 3° Transitorio, en cuanto se indica que doña ERIKA WALESKA OYARZUN TORRES, como administradora, tendrá el ejercicio de las facultadas acá señaladas; reemplazando en definitiva, dicho Artículo 3° Transitorio, por el contenido en la escritura pública extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLEBBY CAROLÍN BARRÍA GUTIÉRREZ, Notaria Pública Titular de la Quinta Notaria de Puerto Montt, con oficio en calle Pedro Montt 180, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de octubre de 2025, repertorio Nº 2327, ante doña EUGENIA ALEJANDRA GOMEZ BARRIENTOS, Notaria Suplente de la Titular, doña ERIKA WALESKA OYARZUN TORRES, chilena, divorciada, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad N°8.916.069-3, domiciliada en Avenida El Bosque 557, depto. 1204, Providencia, Santiago, suscribió escritura pública de Modificación de sociedad WAWICLUB SpA, constituida por escritura de 24 de noviembre del 2024, ante el notario público de Santiago, don Alfredo Martin Illanes, inscrita a fs.98.133 N°39.256 del 2024 del Registro de Comercio de Santiago; dispuso 1.-) que se modifica el Artículo 8°, referido a la administración, quedando redactado del modo siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: De La Administración. La administración de la sociedad será ejercida por doña ERIKA WALESKA OYARZUN TORRES, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones, y en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin limitación alguna, las que incluirán a lo menos las facultades enunciadas en el artículo tercero transitorio de este instrumento. El podrá delegar, en todo o parte, sus facultades de administración en un tercero quien será designado por escritura pública o por instrumento privado firmado ante notario y protocolizado en sus registros”; 2.-) que se modifica el Artículo 3° Transitorio, en cuanto se indica que doña ERIKA WALESKA OYARZUN TORRES, como administradora, tendrá el ejercicio de las facultadas acá señaladas; reemplazando en definitiva, dicho Artículo 3° Transitorio, por el contenido en la escritura pública extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt, 08 de octubre de 2025.