MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

MARPRO CHILE S.A.

RUT 77697900-7 CVE 2711392
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2025
Notaría
Viña del Mar

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2025
Repertorio
2041/2025
Notario
JOSE FRANCISCO OLATE GONZALEZ
Domicilio
Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$4.000 CLP

Administración

- ARTÍCULO QUINTO: La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto por tres miembros, los que serán designados según porcentaje de dominio de las acciones en la sociedad. En los casos que un Director cese en el desempeño de sus funciones por cualquier causa, el Directorio le designará un reemplazante que durará en sus funciones hasta la próxima junta general ordinaria de accionistas, en la cual se procederá a la renovación total del directorio. En la primera reunión que celebre el directorio con posterioridad a su elección, designará de entre sus miembros de un presidente el que será quien tenga la mayoría de las acciones en la sociedad, que lo será también de las juntas de accionistas de la sociedad. En ausencia del presidente, circunstancia que no será necesario acreditar ante terceros y que se presumirá por el solo hecho de invocarse, lo sustituirá el director o el accionista que en cada oportunidad designe el directorio o la junta de accionistas, respectivamente, con las mismas atribuciones que la ley, el reglamento o estos estatutos confieren al titular. Actuará como Secretario la persona que el mismo Directorio nombre, o en su defecto, el Gerente General. b) ARTÍCULO SEXTO: Los Directores serán remunerados por sus funciones con la suma de un millón de pesos, mensuales, cada uno, de acuerdo al flujo de la caja disponible en ese momento. En caso que no se cubra la totalidad de la remuneración antes señalada, este saldo quedará como deuda pendiente. Lo anterior se entenderá sin menoscabo del derecho del directorio de acordar remuneraciones a un director cumpliendo lo establecido en el artículo treinta y tres de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, por el desempeño de cualquier otro cargo, comisión, servicio trabajo para que haya sido nombrado y que sea distinto a las funciones de director.- TERCERO: Se aprueba la modificación de los estatutos, reemplazando los artículos que a continuación se señalan, y que se entienden reproducidos por estar contenidos precedentemente: -Titulo Tercero: De La Administración Social.- Artículo quinto. -Artículo Sexto: de la remuneración de los directores. Cumplimiento de Acuerdos: por unanimidad de los asistentes, se conviene en llevar a efecto todos los acuerdos tomados en la presente junta.-FIRMA DEL ACTA La junta, por la unanimidad de sus miembros, acuerda que el acta de Junta extraordinaria de accionistas será suscrita por todos los asistentes. CUARTO:.CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS Y REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: El señor Presidente propone que los acuerdos adoptados en la presente Junta extraordinaria de accionistas, se lleven a efecto tan pronto como se encuentre firmada el acta por las personas designadas al efecto, sin esperar su aprobación por otra junta de Accionistas o Sesión de Directorio, y que se faculte al abogado señor EMILIO DANIEL GAY RODRIGUEZ, cédula de identidad número quince millones ochocientos cinco mil ciento ochenta y tres guion cuatro, o a don FERNANDO ANDRÉS ZAGAL LETELIER, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y ocho guion k, ambos domiciliado en calle Amunátegui número doscientos treinta y dos, oficina setecientos uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana para que cualquiera de ellos separada e indistintamente puedan reducir a escritura pública la presente acta, otorgar y firmar minutas rectificatoria, complementarias y de seneamiento, por todas y cada una de las partes que firman esta Junta, facultando además, al portador de copia autorizada de la misma o de su extracto, para requerir y firmar publicaciones, inscripciones, subinscripciones o anotaciones que procedan en derecho

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE FRANCISCO OLATE GONZALEZ, Notario Público Interino de Viña del Mar, con oficio en Avda. Libertad 1155-A, certifica que por escritura pública de fecha 08 de septiembre de 2025, repertorio N°2041/2025, ante mí, don FERNANDO ANDRES ZAGAL LETELIER, redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MARPRO CHILE S.A., cuyas menciones esenciales extracto a continuación: En la ciudad de Concón, región de Valparaíso, Chile, a 04 de Agosto del año 2025 siendo las 10:00 horas, en el domicilio social de la Sociedad se celebró JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS de “MARPRO CHILE S.A.” con la comparecencia don CRISTIAN MAURICIO PÉNDOLA BRONDI, quien ostenta el cargo de Presidente, quien además actúa como Secretario; Aprobación de Poderes: El Señor Presidente, propone a la Junta aprobar los poderes presentados a la mesa, junto a la hoja de asistencia, lo que fue acordado. Uno) Dejando constancia que la personería de don CRISTIAN MAURICIO PÉNDOLA BRONDI, para representar en esta Junta al accionista don CRISTIAN ANDRÉS PÉNDOLA VALENZUELA, consta en escritura pública de Mandato General Amplio de Administración y Disposición, de fecha veintidós de Noviembre de dos mil veintitrés, otorgada ante don Marcos Andrés Diaz León, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, repertorio Número 4172/2003. Dos) Dejando constancia que la personería de doña MARÍA ISABEL DEL CARMEN VALENZUELA RICCI, para representar en esta Junta a la accionista doña JAVIERA PÉNDOLA VALENZUELA, consta en escritura pública de Mandato General, de fecha veintisiete de Julio de dos mil veintidós, otorgada ante don Marcos Andrés Diaz León, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, Repertorio Número 2079/2022, y la comparecencia de los accionistas: MATÍAS PÉNDOLA VALENZUELA, C.I. Nº 19.616.968-7, 50 acciones, JAVIERA PÉNDOLA VALENZUELA, C.I. Nº 17.751.503-5, representada en este acto por doña MARÍA ISABEL DEL CARMEN VALENZUELA RICCI 50 acciones; CRISTIAN ANDRÉS PÉNDOLA VALENZUELA representado en este acto por don CRISTIAN MAURICIO PÉNDOLA BRONDI, 50 acciones, PABLO DAVID ARAYA TAPIA, C.I. Nº 15.095.977-2, 100 acciones, CRISTIAN MAURICIO PÉNDOLA BRONDI, C.I. Nº 7.969.160-7, 726 acciones, y MARCELO PATRICIO PÉNDOLA BRONDI C.I. Nº 7.969.177-1, 24 acciones, todos domiciliados en Camino Internacional PC 3 A, Lote 16, Parque Industrial Gulmué, comuna de Concón, Región de Valparaíso. PRIMERO: CONVOCATORIA Y ASISTENCIA: El señor presidente deja constancia que ante la seguridad de contar con la asistencia del 97,6% de los accionistas de la sociedad, constituyendo la mayoría absoluta de los accionistas, estos acordaron llevar a cabo la presente junta extraordinaria de accionistas, sin ser necesario dar cumplimiento a las formalidades de convocatoria. SEGUNDO: El señor Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, las siguientes materias: Modificación de Estatutos Sociales, reemplazando artículos del estatuto social que se encuentran vigentes por los siguientes Artículos que se señalan a continuación: a) TITULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN.- ARTÍCULO QUINTO: La administración de la sociedad la ejercerá un directorio compuesto por tres miembros, los que serán designados según porcentaje de dominio de las acciones en la sociedad. En los casos que un Director cese en el desempeño de sus funciones por cualquier causa, el Directorio le designará un reemplazante que durará en sus funciones hasta la próxima junta general ordinaria de accionistas, en la cual se procederá a la renovación total del directorio. En la primera reunión que celebre el directorio con posterioridad a su elección, designará de entre sus miembros de un presidente el que será quien tenga la mayoría de las acciones en la sociedad, que lo será también de las juntas de accionistas de la sociedad. En ausencia del presidente, circunstancia que no será necesario acreditar ante terceros y que se presumirá por el solo hecho de invocarse, lo sustituirá el director o el accionista que en cada oportunidad designe el directorio o la junta de accionistas, respectivamente, con las mismas atribuciones que la ley, el reglamento o estos estatutos confieren al titular. Actuará como Secretario la persona que el mismo Directorio nombre, o en su defecto, el Gerente General. b) ARTÍCULO SEXTO: Los Directores serán remunerados por sus funciones con la suma de un millón de pesos, mensuales, cada uno, de acuerdo al flujo de la caja disponible en ese momento. En caso que no se cubra la totalidad de la remuneración antes señalada, este saldo quedará como deuda pendiente. Lo anterior se entenderá sin menoscabo del derecho del directorio de acordar remuneraciones a un director cumpliendo lo establecido en el artículo treinta y tres de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, por el desempeño de cualquier otro cargo, comisión, servicio trabajo para que haya sido nombrado y que sea distinto a las funciones de director.- TERCERO: Se aprueba la modificación de los estatutos, reemplazando los artículos que a continuación se señalan, y que se entienden reproducidos por estar contenidos precedentemente: -Titulo Tercero: De La Administración Social.- Artículo quinto. -Artículo Sexto: de la remuneración de los directores. Cumplimiento de Acuerdos: por unanimidad de los asistentes, se conviene en llevar a efecto todos los acuerdos tomados en la presente junta.-FIRMA DEL ACTA La junta, por la unanimidad de sus miembros, acuerda que el acta de Junta extraordinaria de accionistas será suscrita por todos los asistentes. CUARTO:.CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS Y REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: El señor Presidente propone que los acuerdos adoptados en la presente Junta extraordinaria de accionistas, se lleven a efecto tan pronto como se encuentre firmada el acta por las personas designadas al efecto, sin esperar su aprobación por otra junta de Accionistas o Sesión de Directorio, y que se faculte al abogado señor EMILIO DANIEL GAY RODRIGUEZ, cédula de identidad número quince millones ochocientos cinco mil ciento ochenta y tres guion cuatro, o a don FERNANDO ANDRÉS ZAGAL LETELIER, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y ocho guion k, ambos domiciliado en calle Amunátegui número doscientos treinta y dos, oficina setecientos uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana para que cualquiera de ellos separada e indistintamente puedan reducir a escritura pública la presente acta, otorgar y firmar minutas rectificatoria, complementarias y de seneamiento, por todas y cada una de las partes que firman esta Junta, facultando además, al portador de copia autorizada de la misma o de su extracto, para requerir y firmar publicaciones, inscripciones, subinscripciones o anotaciones que procedan en derecho. CAPITAL: $4.000.000 (cuatro millones de pesos), dividido en 1.000 acciones de una misma serie sin valor nominal, Otras estipulaciones en escritura extractada. En Viña del Mar, a 10 de septiembre de 2025.-