Producción de Eventos Gabriela Berenguer SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 3800-2025
- Notario
- MARCOS ANDRES DIAZ LEON
- Oficio
- Octava Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Domicilio
- Concón
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La realización, desarrollo, promoción, comercialización y ejecución, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de actividades relacionadas con la gastronomía, la producción y organización de eventos y servicios de banquetería, incluyendo, pero no limitado a: a) la prestación de servicios de banquetería, catering, coctelería, alimentación institucional y particular; b) la elaboración, distribución, comercialización y venta de alimentos preparados y bebestibles, con o sin alcohol, en formato presencial o mediante delivery, food truck o reparto a domicilio; c) la organización, coordinación y producción integral de eventos sociales, corporativos, culturales, deportivos, artísticos o recreativos, públicos o privados, incluyendo matrimonios, ferias, exposiciones, lanzamientos de productos y celebraciones en general; d) el arriendo, compraventa, importación, exportación, fabricación y distribución de utensilios, mobiliario, menaje, vajilla, carpas, mantelería, elementos de decoración, equipamiento gastronómico y tecnológico para eventos; e) la contratación y subcontratación de personal gastronómico, logístico, técnico o artístico; f) la explotación de espacios físicos para la realización de eventos y banquetearía, tales como salones, centros de eventos, cocinas industriales, jardines o locales comerciales, propios o arrendados; g) la prestación de asesorías, capacitaciones, y servicios técnicos en materias gastronómicas, organizacionales, decorativas y de protocolo para eventos; h) la participación en licitaciones públicas y privadas, convenios con instituciones, organismos del Estado y empresas privadas, así como la asociación o colaboración con terceros para el cumplimiento de su objeto social; i) en general, cualquier actividad lícita relacionada directa o indirectamente con las finalidades anteriores, ya sea en Chile o en el extranjero. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar además cualquier acto y celebrar toda clase de contratos que sean necesarios o convenientes para la consecución de su objeto social, sin que la enumeración precedente implique limitación alguna
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a doña MARÍA GABRIELA BERENGUER LÓPEZ. Amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCOS ANDRES DIAZ LEON, Notario Público de la Octava Notaría de Viña del Mar, con asiento en Reñaca, con oficio en Av. Borgoño N° 14.439, Local 105, certifico: Que, por escritura pública de hoy, Repertorio N° 3800-2025, ante mí, doña MARÍA GABRIELA BERENGUER LÓPEZ, C.I. N° 10.094.679-3, constituyó sociedad por acciones cuyos estatutos a continuación extracto: NOMBRE: “Producción de Eventos Gabriela Berenguer SpA”.- DOMICILIO: Concón, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- DURACIÓN: Indefinida. OBJETO SOCIAL: La realización, desarrollo, promoción, comercialización y ejecución, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de actividades relacionadas con la gastronomía, la producción y organización de eventos y servicios de banquetería, incluyendo, pero no limitado a: a) la prestación de servicios de banquetería, catering, coctelería, alimentación institucional y particular; b) la elaboración, distribución, comercialización y venta de alimentos preparados y bebestibles, con o sin alcohol, en formato presencial o mediante delivery, food truck o reparto a domicilio; c) la organización, coordinación y producción integral de eventos sociales, corporativos, culturales, deportivos, artísticos o recreativos, públicos o privados, incluyendo matrimonios, ferias, exposiciones, lanzamientos de productos y celebraciones en general; d) el arriendo, compraventa, importación, exportación, fabricación y distribución de utensilios, mobiliario, menaje, vajilla, carpas, mantelería, elementos de decoración, equipamiento gastronómico y tecnológico para eventos; e) la contratación y subcontratación de personal gastronómico, logístico, técnico o artístico; f) la explotación de espacios físicos para la realización de eventos y banquetearía, tales como salones, centros de eventos, cocinas industriales, jardines o locales comerciales, propios o arrendados; g) la prestación de asesorías, capacitaciones, y servicios técnicos en materias gastronómicas, organizacionales, decorativas y de protocolo para eventos; h) la participación en licitaciones públicas y privadas, convenios con instituciones, organismos del Estado y empresas privadas, así como la asociación o colaboración con terceros para el cumplimiento de su objeto social; i) en general, cualquier actividad lícita relacionada directa o indirectamente con las finalidades anteriores, ya sea en Chile o en el extranjero. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá realizar además cualquier acto y celebrar toda clase de contratos que sean necesarios o convenientes para la consecución de su objeto social, sin que la enumeración precedente implique limitación alguna.- ADMINISTRACION: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a doña MARÍA GABRIELA BERENGUER LÓPEZ. Amplias facultades.- CAPITAL: $50.000.000.- dividido en 1000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, sin valor nominal, suscrito y pagado en su totalidad por la constituyente en dinero en efectivo.- JUNTAS DE ACCIONISTAS: No será necesario celebrarlas mientras exista un solo accionista, bastando su voluntad escrita.- BALANCE: Anual al 31 de diciembre de cada año. Su aprobación y la distribución de utilidades será resuelta por la accionista única.- CESIÓN DE ACCIONES: Libre transmisibilidad. Efectos respecto de la sociedad desde su inscripción en el Registro de Accionistas.- DISOLUCIÓN: Por decisión de la accionista única o en los casos legales o estatutarios. Liquidación a cargo del accionista único o la persona natural o jurídica que éste designe expresamente como liquidador.- COMUNICACIONES: Válidas mediante medios electrónicos.- ARBITRAJE: Para el caso que existan dos o más accionistas, toda dificultad, conflicto o controversia será resuelta por un árbitro arbitrador designado de común acuerdo por las partes. Para obligaciones ejecutivas, podrá recurrirse a la justicia ordinaria.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, 25 de septiembre de 2025.