Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2025
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración, gobierno, gestión y uso de la razón social corresponderá a ROSARIO PAOLA REBOLLEDO CROVETTO, quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad de acuerdo a lo señalado en el artículo Décimo de los estatutos. La duración de la Sociedad será indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, notario público, suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, notario público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2025, ante mí, REP. N°11.240/2025: ROSARIO PAOLA REBOLLEDO CROVETTO, constituyó una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: El nombre o razón social de la Sociedad será “INVERSIONES RP SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) Realizar toda clase de inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales e incorporales, valores inmobiliarios, acciones, bonos, derechos en sociedades de cualquier naturaleza, cooperativas, comunidades, títulos de renta fija o variable, en moneda nacional o extranjera, efectos de comercio, patentes, marcas, licencias, procesos y concesiones de cualquier rubro, y cualquiera otros bienes así como la administración, arriendo, compra, venta, percepción de frutos, y la explotación comercial y de cualquier tipo de dichos bienes; b) Comprar y vender toda clase de bienes inmuebles o raíces, hacer proyectos de parcelación, subdivisión, lotear terrenos, urbanizarlos, construir, arrendar y/o administrar los mismos, así como pactar, negociar o participar en cualquier calidad en contratos de leasing y leaseback; c) Participar y operar de manera amplia en el mercado de capitales, ya sea en operaciones con derivados financieros, fondos mutuos, fondos de inversión, capitales de riesgo en general, acciones, etc. o de cualquier otro tipo de instrumento o modalidad de inversión, pudiendo al respecto realizar todo tipo de operaciones respecto a dichos bienes e instrumentos; d) Realizar toda clase de negocios inmobiliarios, nominados o innominados, típicos o atípicos, obtener sus rentas y utilidades y reinvertirlas, incluyendo operaciones de corretaje; y e) En general, todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los accionistas estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los accionistas acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, pudiendo especialmente participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, las cuales fueron totalmente suscritas y pagadas por ROSARIO PAOLA REBOLLEDO CROVETTO, según da cuenta el Artículo primero transitorio de los Estatutos. ADMINISTRACIÓN: La administración, gobierno, gestión y uso de la razón social corresponderá a ROSARIO PAOLA REBOLLEDO CROVETTO, quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad de acuerdo a lo señalado en el artículo Décimo de los estatutos. La duración de la Sociedad será indefinida. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 03 de octubre de 2025.