INVERSIONES CMPC S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de octubre de 2025
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA
- Oficio
- 18° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, abogado, Notario Público Titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3039, piso 5, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica que: por Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES CMPC S.A. (la “Junta” y la “Sociedad”, respectivamente), celebrada ante mí, con fecha 29 de septiembre de 2025, reducida a escritura pública con fecha 02 de Octubre de 2025 en esta misma notaría bajo el repertorio número 13.854-2025, también ante mí, se acordó ampliar el objeto social incorporando expresamente la facultad de la Sociedad de celebrar y otorgar contratos de derivados. Para efectos de reflejar lo anterior, la Junta acordó reemplazar el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO. Objeto. La sociedad tiene por objeto: a) La inversión dentro del país o en el extranjero en toda clase de bienes incorporales muebles, y en particular, su participación como accionista en sociedades anónimas, o como socia en sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza; b) la inversión dentro del país o en el extranjero en bienes inmuebles, su administración y explotación; c) la compra, venta, producción distribución de energía eléctrica; d) la adquisición de terrenos, su subdivisión, loteo y urbanización; la construcción de viviendas sociales, por cuenta propia o ajena y la enajenación de las mismas; e) la asesoría e intermediación financiera como comisionista, la intermediación en la realización de negocios como mandatario mercantil, el procesamiento automático de datos; f) servicios contables y financieros, servicios tributarios, procesamiento automático de información financiera y tributaria; g) servicios de tesorería y administración financiera de activos; h) servicios de administración de riesgos; i) la actuación como mandatario mercantil en la administración de recursos y servicios financieros, y j) la celebración y otorgamiento de contratos de derivados, tales como futuros, opciones, swaps, contratos de cobertura, permutas financieras, contratos de diferencia y cualquier otro tipo de instrumentos derivados de cualquier naturaleza y bajo cualquier modalidad. Los servicios antes señalados podrán ser realizados y/o prestados tanto a terceros como a personas relacionadas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Octubre de 2025.