CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y DESARROLLOS RURALES LAGOS SAN MARTIN LIMITADA

RUT 5611501-3 CVE 2711239
Capital
$89.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2025
Notario
César Hugo Sáez Neira
Domicilio
y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica

Sociedad

N. fantasía
“Parcelas don Jacinto Ltda.”
Capital
$89.000.000 CLP
Domicilio
Villarrica
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 3918

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria rural, por lo que podrá Invertir en operaciones inmobiliarias, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas en el área inmobiliaria; podrá adquirir bienes inmuebles rurales, urbanizarlos, lotearlos, venderlos, arrendarlos, subarrendarlos, tomar bienes en arrendamiento, construir viviendas y cabañas en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantar y sembrarlos, y efectuar intermediación y corretaje de inmuebles; asimismo, podrá en el desarrollo del área inmobiliaria contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables que los socios acuerden; y la realización de cualquier otra actividad, negocio u operaciones que socios común acuerdo convengan y que tengan por objeto complementar y)o desarrollar el giro social antes descrito

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

César Hugo Sáez Neira, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores, con oficio en calle Pedro Montt Nº305, certifica: por escritura pública de fecha 23 de Septiembre de 2025, ante mí, y anotada bajo el Repertorio de Instrumentos Públicos con el N°3532-2025, compareció: JACINTO SEGUNDO LAGOS MUÑOZ, chileno, jubilado, domiciliado en calle General Urrutia 535 Villarrica, C.N.I N°5.611.501-3, casado y separado de bienes; LIDIA DEL CARMEN SAN MARTIN RIVAS, chilena, comerciante, domiciliada en calle General Urrutia 535 Villarrica, C.N.I N°6.898.527-7, casada y separada de bienes; DANNY ENRIQUE LAGOS SAN MARTIN, chileno, contador auditor, domiciliado en calle Andrés Bello 428, Departamento 1701, Temuco, C.N.I N°10.303.092- 7, casado y separado totalmente de bienes; MARCOS ESTEBAN LAGOS SAN MARTIN, chileno, Tecnólogo médico, domiciliado en calle General Urrutia 535 Villarrica, C.N.I N°17.116.303-K, casado; y, PABLO AUDIEL LAGOS SAN MARTIN, chileno, Ministro de culto religioso, domiciliado en calle Manuel Antonio Matta 969 Villarrica, C.N.I N°10.303.341-1, casado; exponen: Que formaron sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por presente estatuto y, en su silencio, por disposiciones de Ley 3918 y sus modificaciones posteriores y, supletoriamente por las normas del Código Civil y de Comercio que fueren aplicables: DOMICILIO: Villarrica, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se instalen en otros puntos del país o del extranjero. RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA Y DESARROLLOS RURALES LAGOS SAN MARTIN LIMITADA”. NOMBRE DE FANTASÍA: “Parcelas don Jacinto Ltda.” OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones en el área inmobiliaria rural, por lo que podrá Invertir en operaciones inmobiliarias, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas en el área inmobiliaria; podrá adquirir bienes inmuebles rurales, urbanizarlos, lotearlos, venderlos, arrendarlos, subarrendarlos, tomar bienes en arrendamiento, construir viviendas y cabañas en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantar y sembrarlos, y efectuar intermediación y corretaje de inmuebles; asimismo, podrá en el desarrollo del área inmobiliaria contratar a terceros que coadyuven al cumplimiento del objeto social y, en general, efectuar todas las inversiones inmobiliarias rentables que los socios acuerden; y la realización de cualquier otra actividad, negocio u operaciones que socios común acuerdo convengan y que tengan por objeto complementar y/o desarrollar el giro social antes descrito.- DURACIÓN. indefinida. CAPITAL SOCIAL: $89.000.000.- que se entera y paga por los socios de la siguiente forma: 1) Jacinto Segundo Lagos Muñoz aporta a la sociedad $10.000.000, equivalente al 11,24% del capital social, que se entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo a la caja social. 2) Lidia Del Carmen San Martin Rivas aporta a la sociedad bienes por $70.000.000, equivalente al 78,65% del capital social, que se entera y paga en este acto, mediante el aporte en dominio de un inmueble rustico ubicado en el lugar Pulingue de la comuna de Loncoche, de una superficie aproximada de 8 hectáreas 28 areas, y cuya inscripción corre inscrita a su favor a Fojas 128 bajo el N° 170 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Loncoche, del año 2009. Rol de avaluó fiscal: 1.418-66 Loncoche; aporte de dominio que los socios comparecientes avalúan de común acuerdo en la suma de $70.000.000. 3) Danny Enrique Lagos San Martin aporta a la sociedad $3.000.000, equivalente al 3,37% del capital social, que se entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo a caja social. 4) Don Marcos Esteban Lagos San Martin aporta a la sociedad $3.000.000, equivalente al 3,37% del capital social, que se entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo a caja social. 5) Pablo Audiel Lagos San Martin aporta a la sociedad $3.000.000, equivalente al 3,37% del capital social, que se entera y paga en este acto de contado y en dinero efectivo a caja social. De esta manera, quedan enterados todos los aportes de los socios. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a los socios constituyentes Jacinto Segundo Lagos Muñoz y Lidia Del Carmen San Martin Rivas, quienes actuando individualmente, conjuntamente o indistintamente por la sociedad, administrarán y representarán a la sociedad, y harán uso de la razón social con las más amplias facultades de administración, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que fueren y que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 23 de septiembre de 2025.