ESTUDIO JURIDICO ABELLO & HERNÁNDEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2025
- Repertorio
- 13227/2025
- Notario
- JOSE TOMAS FABRES BORDEU
- Oficio
- 41° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir el día de la presente escritura y tendrá una duración de 2 años, en forma que indica escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La sociedad tendrá por objeto exclusivo el ejercicio de la profesión de abogado, En consecuencia, podrá realizar todas aquellas actividades propias, inherentes o complementarias al ejercicio profesional de la abogacía, tanto en el ámbito judicial como extrajudicial. En particular, la sociedad podrá: primero) Asesoría legal integral a personas naturales y jurídicas en materias civiles, comerciales, laborales, de familia, penales, administrativas, constitucionales, tributarias y en cualquier otra área del derecho. segundo) Patrocinio y representación judicial y extrajudicial, pudiendo comparecer en nombre de sus clientes ante toda clase de tribunales ordinarios de justicia, tribunales especiales, organismos administrativos, entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras. Tercero) Elaboración, estudio y análisis de contratos, escrituras públicas y privadas, informes en derecho, dictámenes jurídicos, reglamentos internos y toda clase de documentos legales. Cuarto) Tramitación de procedimientos administrativos, gestiones notariales, inscripción y regularización de actos y contratos en el Registro Civil, Conservadores de Bienes Raíces u otros organismos competentes. Quinto) Mediación, conciliación y arbitraje en derecho o en equidad, ya sea en calidad de árbitros, amigables componedores o mediadores inscritos, conforme a la ley. Sexto) Asesoría preventiva y de cumplimiento normativo (compliance) en materia corporativa, laboral, ambiental, de libre competencia, de protección de datos personales, de propiedad intelectual e industrial, y demás regulaciones vigentes. Séptimo) Capacitación, seminarios, charlas y talleres en materias jurídicas de interés general o especializado, dirigidos a clientes, empresas, instituciones o público en general. Octavo) Asesoría en gestión y reestructuración de deudas, procedimientos concursales y reorganización empresarial, así como en negociaciones privadas o judiciales. Noveno) Estudios de investigación jurídica y elaboración de proyectos normativos para entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales Decimo) Prestación de servicios de auditoría legal (due diligence) en procesos de compraventa de empresas, fusiones, adquisiciones, asociaciones y otras formas de reorganización corporativa. Onceavo) En general, todas aquellas actividades que, siendo compatibles con la naturaleza propia del ejercicio profesional de abogado, se relacionen directa o indirectamente con los fines antes señalados. Duodécimo) La sociedad podrá además celebrar toda clase de actos y contratos civiles o comerciales que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, incluyendo la adquisición, enajenación o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, contratación de personal administrativo, celebración de convenios de colaboración con otros profesionales o sociedades, y cualquier otra gestión lícita que contribuya al mejor desarrollo de sus fines sociales. La contratación de personal administrativo, asistentes, procuradores u otros colaboradores, incluyendo aquellos destinados a labores de apoyo, difusión y captación de clientes
Administración
La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán conjunta, separada e indistintamente a ambos socios, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público Interino 41° Notaría Santiago, Ahumada 179, Cuarto Piso, certifica por escritura pública de fecha 03 de octubre de 2025, Repertorio nº13.227/2025, otorgada ante mí, don JUAN PABLO ABELLO GOMEZ, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número quince millones trescientos treinta y un mil doscientos ochenta y nueve guion tres, con domicilio en Balmaceda número ochocientos veinticinco departamento quinientos cuarenta y tres, comuna de Viña del Mar, de paso en ésta, y don ANDRÉS JOSÉ HERNÁNDEZ ALLENDE, chileno, divorciado, asesor jurídico, cédula de identidad número quince millones novecientos veintitrés mil cuatrocientos cuarenta y seis guion cero con domicilio en Segunda Avenida número mil trescientos cincuenta y uno departamento cincuenta y uno comuna de San Miguel, de paso en ésta; vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: "ESTUDIO JURIDICO ABELLO & HERNÁNDEZ LIMITADA” nombre de fantasía "ESTUDIO JURIDICO A&H LIMITADA". DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o el extranjero. OBJETO. El objeto de la sociedad será: La sociedad tendrá por objeto exclusivo el ejercicio de la profesión de abogado, En consecuencia, podrá realizar todas aquellas actividades propias, inherentes o complementarias al ejercicio profesional de la abogacía, tanto en el ámbito judicial como extrajudicial. En particular, la sociedad podrá: primero) Asesoría legal integral a personas naturales y jurídicas en materias civiles, comerciales, laborales, de familia, penales, administrativas, constitucionales, tributarias y en cualquier otra área del derecho. segundo) Patrocinio y representación judicial y extrajudicial, pudiendo comparecer en nombre de sus clientes ante toda clase de tribunales ordinarios de justicia, tribunales especiales, organismos administrativos, entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras. Tercero) Elaboración, estudio y análisis de contratos, escrituras públicas y privadas, informes en derecho, dictámenes jurídicos, reglamentos internos y toda clase de documentos legales. Cuarto) Tramitación de procedimientos administrativos, gestiones notariales, inscripción y regularización de actos y contratos en el Registro Civil, Conservadores de Bienes Raíces u otros organismos competentes. Quinto) Mediación, conciliación y arbitraje en derecho o en equidad, ya sea en calidad de árbitros, amigables componedores o mediadores inscritos, conforme a la ley. Sexto) Asesoría preventiva y de cumplimiento normativo (compliance) en materia corporativa, laboral, ambiental, de libre competencia, de protección de datos personales, de propiedad intelectual e industrial, y demás regulaciones vigentes. Séptimo) Capacitación, seminarios, charlas y talleres en materias jurídicas de interés general o especializado, dirigidos a clientes, empresas, instituciones o público en general. Octavo) Asesoría en gestión y reestructuración de deudas, procedimientos concursales y reorganización empresarial, así como en negociaciones privadas o judiciales. Noveno) Estudios de investigación jurídica y elaboración de proyectos normativos para entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales Decimo) Prestación de servicios de auditoría legal (due diligence) en procesos de compraventa de empresas, fusiones, adquisiciones, asociaciones y otras formas de reorganización corporativa. Onceavo) En general, todas aquellas actividades que, siendo compatibles con la naturaleza propia del ejercicio profesional de abogado, se relacionen directa o indirectamente con los fines antes señalados. Duodécimo) La sociedad podrá además celebrar toda clase de actos y contratos civiles o comerciales que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto, incluyendo la adquisición, enajenación o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, contratación de personal administrativo, celebración de convenios de colaboración con otros profesionales o sociedades, y cualquier otra gestión lícita que contribuya al mejor desarrollo de sus fines sociales. La contratación de personal administrativo, asistentes, procuradores u otros colaboradores, incluyendo aquellos destinados a labores de apoyo, difusión y captación de clientes. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán conjunta, separada e indistintamente a ambos socios, amplias facultades. CAPITAL: $4.000.000 que se aporta en este acto siguiente forma: a) don JUAN PABLO ABELLO GOMEZ, aporta en dominio a la sociedad la suma de $2.000.000 equivalente a la mitad del capital y don ANDRÉS JOSÉ HERNÁNDEZ ALLENDE aporta en dominio a la suma de $2.000.000, suma equivalente a la mitad del capital. Dicho capital será enterado en este acto por los socios. DURACIÓN: La sociedad empezará a regir el día de la presente escritura y tendrá una duración de 2 años, en forma que indica escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 07 de octubre de 2025.