CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

CORREDORA DE REASEGUROS FLANDRES S.A.

RUT 14698413-4 CVE 2711088
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2025
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

el objeto exclusivo será el corretaje de reaseguros mediando entre las compañías de seguros de Chile y las entidades reaseguradoras del mercado internacional colocando los riesgos tomados los la aseguradoras nacionales en el extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, local uno de esta ciudad, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, repertorio número 5866-2025, Luc Willy Jozef Henry Van Eyghen, empresario, cédula de identidad para extranjeros 14.698.413-4, belga, divorciado, domiciliado en calle Pedro Lira Urquieta N°10.671, comuna de Lo Barnechea, Santiago y José Alejandro Alonso Martínez, chileno, casado, empresario, cédula de identidad 10.648.171-7, con domicilio Av La Dehesa 3789 casa 17, Lo Barnechea, constituyeron sociedad anónima cerrada. Nombre: "CORREDORA DE REASEGUROS FLANDRES S. A.", pudiendo usar “REASEGUROS FLANDRES S.A.”, ante bancos e instituciones financieras y fines comerciales. Objeto: el objeto exclusivo será el corretaje de reaseguros mediando entre las compañías de seguros de Chile y las entidades reaseguradoras del mercado internacional colocando los riesgos tomados los la aseguradoras nacionales en el extranjero. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos país o extranjero. Duración: indefinida. Capital: $15.000.000. dividido 100 acciones nominativas, sin valor nominal, totalmente suscritas y pagado el 1%, o sea $150.000, saldo por pagar dentro de tres años contados de esta fecha, en dinero efectivo o con otros bienes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2025.