AGRÍCOLA SANTA EDUVIGES SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de septiembre de 2025
- Repertorio
- 3209-2025
- Notario
- PABLO ANDRÉS ALMENDRAS BURGOS
- Oficio
- Séptima Notaria de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRÍCOLA SANTA EDUVIGES SpA | socio | 76553484-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRÉS ALMENDRAS BURGOS, Abogado, Notario Público Interino de la Séptima Notaria de Talca, con Oficio en calle 30 Oriente Nº 1522, local A, Talca, CERTIFICO: Por escritura pública otorgada de fecha 17 de septiembre de 2025, repertorio N°3209-2025 ante mí: CARLA DENISSE HENRÍQUEZ ALVARADO, ÁLVARO SEBASTIÁN HENRÍQUEZ ALVARADO, IGNACIO ANDRÉS HENRÍQUEZ ALVARADO Y CLAUDIO ANDRÉS HENRÍQUEZ ALVARADO, todos con domicilio en Av. Ricardo Cumming 490, depto. 3, comuna y ciudad de Santiago, de paso en esta, modificaron AGRÍCOLA SANTA EDUVIGES SpA, RUT 76.553.484-4, de la que son sus únicos accionistas, según da cuenta el Registro de Accionistas que tuve a la vista, inscrita en el Registro Comercio de Talca Fojas 495, Número 210, año 2016, en siguiente sentido: Uno) Reemplazan el artículo 5° de los estatutos sociales por el siguiente: " ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $5.000.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la manera señalada en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos ".- Dos) Sustituyen artículo Primero Transitorio por el siguiente: -." ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo 5° de los estatutos, es de $5.000.000, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: UNO. Doña Carla Denisse Henríquez Alvarado suscribió y pagó, con anterioridad a esta fecha, 125 acciones del total en que se divide el capital social, equivalentes a $1.250.000; DOS. Don Álvaro Sebastián Henríquez Alvarado suscribió y pagó, con anterioridad a esta fecha, 125 acciones del total en que se divide el capital social, equivalentes a $1.250.000; TRES. Don Ignacio Andrés Henríquez Alvarado suscribió y pagó, con anterioridad a esta fecha, 125 acciones del total en que se divide el capital social, equivalentes a $1.250.000, y CUATRO. Don Claudio Andrés Henríquez Alvarado suscribió y pagó, con anterioridad a esta fecha, 125 acciones del total en que se divide el capital social, equivalentes a $1.250.000. Por lo anterior, el capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a este acto ".- Tres) Reemplazan el Artículo Octavo, referente a la administración de la sociedad, en el siguiente sentido: Artículo Octavo: La administración, representación, y el uso de la razón social corresponderá a los señores Carla Denisse Henríquez Alvarado, Álvaro Sebastián Henríquez Alvarado, Ignacio Andrés Henríquez Alvarado y Claudio Andrés Henríquez Alvarado, quienes actuando individualmente podrán obligarla con la más amplia de las facultades de administración de bienes, debiendo anteponer la razón social a sus firmas personales y sin que la enumeración sea taxativa podrán realizar los actos mencionados a título ejemplar en la escritura extractada, estando limitados en sus poderes a la suma de $10.000.000, por cada acto, sin límite anual. Por sobre dicho monto, los administradores deberán actuar de manera conjunta dos cualesquiera de ellos, anteponiendo su firma a la razón social. Demás estipulaciones del pacto social se ratifican expresamente. Otras estipulaciones en escritura social extractada. Talca, 1 de octubre de 2025.